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MARTINEZ CARMEN LEONOR C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La actora promovió acción de revisión de la Disposición de Clausura de la Comisión Médica Jurisdiccional por accidente de trabajo reclamando indemnización por secuelas lumbo‑ciáticas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconoció incapacidad permanente parcial del 10,85% de la Total Obrera y condenó a Asociart a pagar $1.508.996,77 más actualización por IPC e intereses del 3% anual, además de declarar la inaplicabilidad del DNU 669/19 y la prohibición de indexación.

Labral (art) Accion de revision comision medica Lumbociatalgia postraumatica Incapacidad permanente parcial 10 85% Actualizacion ipc (indec) Inconstitucionalidad dnu 669/19 Inconstitucionalidad articulo 12.2 ley 24.557 (ley 27.348) Intereses compensatorios 3% anual Piso indemnizatorio srt n?12/2023 Costas a la demandada nota: se consignan montos y fechas relevantes tal como surge de la sentencia: accidente 15/04/2023 Ibm actualizado $156.928 20 Capital condenatorio $1.508.996 77 Indemnizacion total actualizada e intereses a liquidar conforme secretaria (ipc e interes 3% anual).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARTÍNEZ CARMEN LEONOR, nacida 16/07/1974. Demandado: ASOCIART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Objeto: Acción de revisión de la Disposición de Clausura dictada por la Comisión Médica Jurisdiccional N° 373 de Quilmes (Expte. SRT N° 293.587/23) que había determinado ausencia de incapacidad; se reclama reconocimiento de incapacidad y la correspondiente prestación dineraria por accidente laboral del 15/04/2023. Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se reconoció que el 15/04/2023 la actora sufrió un accidente de trabajo que le produjo lumbociatalgia postraumática y se la condenó por incapacidad laboral parcial y permanente del 10,85% de la Total Obrera. Se condenó a Asociart a pagar $1.508.996,77 dentro de diez días y se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del Decreto 669/19 y del artículo 12 inciso 2 de la Ley 24.557 (texto según Ley 27.348) y del artículo 7 de la Ley 23.928 según Ley 25.561 en lo que impide una actualización adecuada; las sumas se actualizarán por IPC (INDEC) desde el accidente y devengarán intereses compensatorios del 3% anual. Costas a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La mecánica descripta -esfuerzo físico súbito con sobrecarga de la columna lumbar
- resulta compatible con el tipo de lesión constatada por ambos peritos intervinientes." "No advirtiéndose deficiencias técnicas que justifiquen apartarse de las conclusiones médicas coincidentes de ambos expertos, corresponde conferirles eficacia convictiva en los términos de los artículos 474 del C.P.C.C.B.A. y 89 de la Ley 15.057." "En consecuencia, corresponde tener por acreditado que la actora presenta, como consecuencia del accidente de trabajo ocurrido el 15/04/2023, una incapacidad laboral parcial y permanente indemnizable del 10,85% de la Total Obrera, en los términos de las Leyes 24.557, 26.773 y 27.348." "La sentencia dictada por la Suprema Corte ... en la que se pronunció de manera categórica sobre la invalidez constitucional del Decreto 669/19 ... corresponde por economía procesal declarar de oficio la invalidez constitucional e inaplicabilidad del Decreto 669/19 al caso de autos." "La comparación evidencia que la tasa legal resulta sustancialmente inferior a la evolución de los precios, generando una pérdida significativa del valor del crédito. ... corresponde declarar la invalidez constitucional del artículo 12 inciso 2 de la Ley 24.557 ... en consecuencia, las sumas de condena deberán ser actualizadas conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC
- Nivel General, INDEC) desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta su efectivo pago. Sobre el capital así actualizado, se adicionará un interés puro del tres por ciento (3%) anual..." Voto mayoritario (Rodríguez Ponte, Zicavo y Casquero) con idénticas consideraciones; sentencia ejecutorial en primera instancia.

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