DOMINGUEZ NICOLAS DANIEL C/ SWISS MEDICAL ART SAU S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
Demanda laboral por accidente in itinere y propuesta de acuerdo transaccional. El Tribunal homologó el acuerdo presentado y reguló honorarios e impuestos, imponiendo costas a la parte demandada por considerar que el pacto reúne los requisitos legales y constituye una justa composición de los derechos e intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DOMINGUEZ NICOLAS DANIEL.
Demandado: SWISS MEDICAL ART SAU.
Objeto: Accidente in itinere; extinción del litigio mediante acuerdo transaccional presentado por las partes (fs. 20).
Decisión: Homologar el acuerdo transaccional presentado; imponer costas a la parte demandada; regular honorarios de los profesionales intervinientes; fijar tasa de justicia y ordenar disposiciones de depósito y transferencia de las prestaciones dinerarias a cuentas sueldo/CBU.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada.-"
"POR TODO ELLO, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE:
Homologar el acuerdo presentado a fs. 20 (art. 15 L.C.T.).
Con costas a la parte DEMANDADA (art. 24 y 26 Ley 15.057)."
"Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 209.000 (arts 337 y 340 Ley 10.397)."
"Regulase los honorarios de los Dres. COLUCCI CRISTIAN (22.803.826) en la suma de $ 1.900.000 (38.19 JUS), al Dr. BIRMAN DANAE AILIN (36.227.678) en la suma de $ 1.900.000 (38.19 JUS), Dr. DABINI GONZALO ALBERTO (20.427.521) en la suma de $ 1.900.000 (38.19 JUS), respectivamente, con más el 10% (arts. 21, 23, 28 inc. f, 43 y 51 Ley 8904; 12 Ley 8455, art. 15, 16 y 21 ley 14.967) e IVA si correspondiere."
- Observaciones procesales relevantes: Se ordenan requisitos para la percepción de los montos (denuncia de sucursal bancaria, CBU, CUIL, datos personales), indicaciones para depósito en cuenta sueldo conforme art. 17 ley 27.348 y art. 277 LCT modificada por ley 27802, y apercibimiento de medidas ejecutivas en caso de no acreditarse las transferencias.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: