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CASTAÑEDA ARQUIÑIGO JULIO CESAR C/ ANDINA ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió acción por enfermedad profesional contra la ART demandada y las partes arribaron a un acuerdo transaccional. El Tribunal homologó el acuerdo, reguló honorarios y costas, imponiendo también la tasa de justicia y ordenando depósitos y comunicaciones bancarias conforme normativa aplicable.

Juicio laboral Enfermedad profesional Homologacion de acuerdo Art. 15 lct Costas Honorarios Tasa de justicia $352.000 Deposito en cuenta sueldo Transferencia bancaria Art (andina art s.a.).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CASTAÑEDA ARQUIÑIGO JULIO CESAR. Demandado: ANDINA ART S.A. (ART). Objeto: Pretensión por enfermedad profesional; las partes presentaron acuerdo transaccional para poner fin al pleito. Decisión: Homologar el acuerdo presentado (art. 15 L.C.T.), imponer costas a la parte demandada, y regular honorarios y tasa de justicia, con advertencias sobre la modalidad de pago por transferencia a cuentas bancarias y requisitos de denuncia de datos bancarios y personales para percibir créditos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada.-" "POR TODO ELLO, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE: Homologar el acuerdo presentado a fs. 70 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte demandada (art. 24 y 26 Ley 15.057)." "Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 352.000 (arts 337 y 340 Ley 10.397). Regúlense los honorarios de los Dres. GONZALEZ FREA LEANDRO GUILLERMO (25.839.531) en la suma de $3.200.000 ... y GENTILE RODRIGO XAVIER (26.363.369) en la suma de $3.200.000 ... e IVA si correspondiere y los de los peritos ... en las de $ 800.000 cada uno, con más las respectivas adiciones legales..." "Hágase saber a la ART que conforme el art. 17 de la ley 27.348 todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones que se liquiden administrativa o judicialmente, deberán ser depositadas en la 'cuenta sueldo' del respectivo trabajador..." "Hágase saber al actor a que deberá comunicar a la ART demandada entidad y sucursal Bancaria; CBU ; Número de cuenta y CUIL bajo su titularidad a la cual se transferirán los fondos que le correspondieren (art 277 LCT modificada por ley 27802)." "Hágase saber a la parte obligada al pago que deberá acreditar en autos la efectivización de las transferencias por los Creditos y honorarios reconocidos en la presente resolución, bajo apercibimiento de darle curso a las medidas ejecutivas que eventualmente promuevan los interesados (art. 12 ley 15.057)."
- No constan votos en disidencia; los tres jueces votaron en igual sentido.

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