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YANNELLI JORGE ALFREDO C/ C.O.R.E. SRL Y OTRO S/ENFERMEDAD PROFESIONAL

Demanda por indemnización por enfermedad profesional contra CORE SRL y Expreso Cañuelas SA. El Tribunal declaró perimida la instancia por incumplimiento de la intimación para activar el procedimiento y dictó costas a la parte actora.

Caducidad de la instancia Enfermedad profesional Indemnizacion Inactividad procesal Intimacion Costas Honorarios Tribunal de trabajo n?1 lomas de zamora Demandado: core srl Expreso canuelas sa Actor fallecido / herederos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Jorge Alfredo Yanelli (luego denunciado su fallecimiento; actora/viuda Mónica Angélica Marquez; y se presentaron los herederos Eduardo Nicolás Yanelli y Mathias Gastón Yanelli). Demandado: CORE SRL y Expreso Cañuelas SA. Objeto: Cobro de la suma de $32.001,65 en concepto de indemnización por enfermedad profesional. Decisión: Se hizo efectivo el apercibimiento ordenado en fs. 151 y se declaró perimida la instancia por inactividad de la parte actora, imponiéndose las costas al actor; además se regularon honorarios del letrado patrocinante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "1º) Que a fs. 8 se presenta el Dr. CISCO HUGO ORLANDO, en nombre y representación de la parte actora JORGE ALFREDO YANELLI (personería acreditada a fs. 1), promoviendo demanda contra CORE SRL Y EXPRESO CAÑUELAS SA, tendiente a obtener el cobro de la suma de $32.001,65, en concepto de indemnización por ENFERMEDAD PROFESIONAL. Relata los hechos, funda en derecho y ofrece prueba. A fs. 124 denuncian el fallecimiento del actor y se presenta la conyuge Monica Angelica Marquez con el patrocinio del Dr. CISCO HUGO ORLANDO y denuncia a los herederos. A fs.134 se presentan los herederos: EDUARDO NICOLAS YANELLI Y MATHIAS GASTON YANELLI con el patrocinio del Dr. CISCO HUGO ORLANDO, constituye domicilio. A fs. 151 se intima a la actora a los efectos de que active el procedimiento, bajo apercibimiento de decretar la caducidad de la instancia. Que no habiendo la actora atendido a dicha intimación, pasan los autos para dictar resolución por decreto de fs. 155." "2º) La caducidad de la instancia, medio anormal de terminación del proceso, sólo tiene cabida excepcionalmente en el procedimiento laboral, previa intimación, en aquellos casos en que la conducta procesal de las partes obstaculiza la actividad impulsiva del Tribunal. Es decir cuándo la inactividad de los litigantes obsta el impulso procesal de oficio, característico en éste Fuero (arts. 11 Ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC). Por lo expuesto y siendo que la actora no dió cumplimento a la intimación dispuesta a fs. 151 debidamente notificada (fs. 152 Y FS. 153, arts. 41 y 42 del CPCC), lo que evidencia un total desinterés en continuar con el trámite de las actuaciones, corresponde hacer efectivo el apercibimiento contenido en la aludida intimación y decretar perimida la instancia, con costas a la actora (arts. 11 y 27 Ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC)." Resolución final transcrita: "Hacer efectivo el apercibimiento contenido a fs. 151 y Declarar perimida la Instancia, con costas al actor (arts. 11, 12, 24 y 27 ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC). Conforme lo dispuesto por los trabajos realizados hasta el 20 de octubre de 2017, regúlanse los honorarios del Dr. CISCO HUGO ORLANDO (7.696.658) en la suma de $ 190.944, con más el 10% de ley e IVA si correspondiera.-(art.41, 43 Ley 8904, art. 12 y 14 Ley 6716)."

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