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GUERREROS VENTURA JUDITH CRISTINA C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La actora demandó por accidente de trabajo solicitando indemnización y la declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 y normas nominalistas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del DNU y de los arts. 7 y 10 ley 23.928 y art. 4 ley 25.561 y condenó a la demandada al pago del capital actualizado según RIPTE por $25.646.641,00 (total liquidado $34.005.141,00).

Accidente de trabajo Ley 24.557 Inconstitucionalidad dnu 669/19 Principio nominalista (arts. 7 y 10 ley 23.928 Art. 4 ley 25.561) Ripte (actualizacion) Incapacidad (8 56% hombro 7% rvan Total 15 56%) Indemnizacion Condena a art Honorarios y costas Tribunal del trabajo n?1 lomas de zamora observacion: la sentencia es de primera instancia del tribunal del trabajo n?1 de lomas de zamora Voto unanime de los dres. budnik Saccardo y rinaldi La liquidacion final y los importes parciales (capital $25.646.641 00 Total liquidado $34.005.141 00) estan consignados en el decisorio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GUERREROS VENTURA JUDITH CRISTINA, representada por la Dra. Myrian Barbato. Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A., representada por la Dra. Daiana Ciraudo. Objeto: Acción especial por accidente de trabajo del 29/03/2023, reconocimiento de secuelas físicas y psicológicas incapacitantes, indemnización bajo la ley 24.557 (con pedido de declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del principio nominalista contenido en art. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 ley 25.561). Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561; se condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar el capital de sentencia actualizado por RIPTE por $25.646.641,00 y se impusieron costas y regulaciones de honorarios; liquidación total $34.005.141,00.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "2) En cuanto a la existencias de secuelas físicas y psicológicas incapacitantes, debe estarse a lo informado por los peritos médico y psicólogo actuantes, en los dictámenes obrantes en autos a fs. 85 y 91, de donde surge que la parte actora detenta un cuadro de LIMITACIÓN FUNCIONAL HOMBRO IZQUIERDO ocasionada por el suceso referido que le genera un 8,56% de incapacidad y también un cuadro de Reacción Vivencial Anormal Neurótica (R.V.A.N.) con manifestación depresiva de Grado II derivada del mismo infortunio que le genera un 7% de incapacidad. Asimismo, en los dictámenes referidos los expertos establecen la vinculación causal del siniestro denunciado y las patologías identificadas." "3) Sentado ello, estimo que existen elementos suficientes para acoger favorablemente la pretensión referida a la daños reclamados en los términos del régimen prestacional dinerario previsto en la ley 24.557, con las modificaciones introducidas por la ley 26.773 (art. 11, 12, 14 y ccdtes. ley 24557, art. 3 y 17 ley 26.773)." "6) Por lo antes expresado, considero corresponde hacer lugar a la demanda entablada por el actor por las secuelas físicas y psicológicas padecidas con origen al siniestro de 29/03/2023, contra SWISS MEDICAL ART S.A. por la suma de pesos $2.771.663,00 ... A ello deberé adicionarle la prestación suplementaria regulada en el art. 3 de la ley 26.773 vigente a la fecha del siniestro, por la suma de $554.332,00. Comprende la suma total de $3.325.993,00 (arts. 11, 12, 14 de la ley 24557, art. 3 y 17 ley 26.773)." "8) ... Con conforme la evolución del RIPTE desde la fecha del siniestro, el valor actualizado del monto de capital de sentencia conforme el último índice publicado a la fecha de éste decisorio asciende a la suma de $25.646.641,00. Se advierte en forma palmaria al confrontar dicha suma con la generada por la tasa legal una excesiva diferencia económica en perjuicio del trabajador. Dicha diferencia, estimo que constituye un perjuicio económico que configura una violación al derecho de propiedad del reclamante y la garantía de tutela judicial eficaz y consecuentemente, corresponde declarar la inconsitucionalidad del art. 7, 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561." Sentencia (resolutivo): "I
- Declarar la inconstitucionalidad del DNU 669/19... II
- Declarar la inconsitucionalidad del art. 7 y 10 de la ley 23.928, art. 4 ley 25.561... III
- Hacer lugar a la demanda... condenando a SWISS MEDICAL ART S.A., a abonar al actor ... la suma de pesos $25.646.641,00... IV
- Imponer las costas a la demandada vencida..."

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