FALCON CARLA ESTEFANIA C/ AGUILAR MIRTA SUSANA S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron una transacción para dar por terminado el juicio. El Tribunal homologó la transacción por ser producto de la voluntad libre de partes y ordenó las condiciones de pago, costas a la demandada y la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FALCON CARLA ESTEFANIA.
Demandado: AGUILAR MIRTA SUSANA.
Objeto: Proceso por despido; las partes celebraron una transacción para poner fin al juicio (ESCRITO DEL 3/8/26).
Decisión: Homologación de la transacción celebrada por las partes y medidas para efectivización de pagos, imposición de costas a la demandada y regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')."
"Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DEL 3/8/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
Disposición resolutiva (extracto):
"1). Homologar la transacción celebrada por las partes por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO DEL 3/8/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas.
2). A los fines de efectivizarse los pagos pactados en concepto de capital, deberá la parte actora denunciar una cuenta bancaria de su exclusiva titularidad... a) Hasta tanto la actora no denuncie en autos los datos de su cuenta bancaria, el plazo para el pago del capital convenido se encuentra suspendido.
3). Imponer las costas a la parte demandada AGUILAR MIRTA SUSANA (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057).
4). Regular los honorarios de los doctores PABLO JOSE CONTI... en la cantidad de 1,87 Jus y de MAXIMILIANO CERRA... en la cantidad de 1,87 Jus...
6). Intimase a la demandada para que en el término de diez días abone la tasa y sobretasa de justicia en la suma de $ 11.000 y $.550 respectivamente..."
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