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RUIZ DIAZ ROJAS MELANIO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

El actor demandó por accidente in itinere del 21/01/2019 reclamando prestaciones médicas y dinerarias por incapacidad. El Tribunal confirmó la Disposición de Alcance Particular de la Comisión Médica que determinó incapacidad del 3,77% T.O. y condenó a la aseguradora al pago de $66.602,17 más intereses y costas.

Recurso de apelacion Accidente in itinere Comision medica jurisdiccional Incapacidad parcial permanente (3 77% t.o.) Ley 24.557 / ley 27.348 Prestacion dineraria (art. 12 y 14 lrt) Baremo (decreto 659/96) Intereses desde la contingencia Costas y honorarios Confirmacion de acto administrativo

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor)
- RUIZ DIAZ ROJAS MELANIO, DNI 94.009.620.
- A quién se demanda (Demandado)
- PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
- Acciones en los términos del art. 2 inc. j de la ley 15.057 por accidente in itinere ocurrido el 21/01/2019; pago de prestaciones médicas y dinerarias por incapacidad, intereses y costas; impugnación de la determinación administrativa de incapacidad (Disposición de Alcance Particular de la Comisión Médica que fijó 3,77% T.O.).
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
- Confirmar el dictamen y la Disposición de Alcance Particular de la Comisión Médica Jurisdiccional N°15 (Expte. SRT N° 172567/2019), con determinación de incapacidad parcial, permanente y definitiva de 3,77% T.O.; condenar a la demandada a pagar la prestación dineraria por incapacidad por monto mínimo legal resultante $66.602,17 más intereses desde la fecha del siniestro y costas a cargo de la demandada. Difírese liquidación y regulación de honorarios a Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes con lenguaje del tribunal):
- "No existe controversia respecto de la vigencia del contrato de afiliación entre la empleadora del actor y la demandada a la fecha del siniestro, ni sobre el reconocimiento del evento, las prestaciones médicas brindadas y el alta otorgada, habiendo la Comisión Médica determinado una incapacidad del 3,77% T.O., no consentida por el actor, quien promovió la presente acción en los términos del art. 2 inc. j de la Ley 15.057..."
- "La pericia médica, tuvo en cuenta los antecedentes de autos, las actuaciones administrativas, el examen clínico, anatómico y funcional del actor, y los estudios complementarios actualizados solicitados por el experto, que identificó las lesiones en forma concordante con la Comisión Medica y permite tener por acreditada la lesión física y su evolución en atención al examen físico de autos y la relación causal con el siniestro, la incapacidad, la discrepancia entre el dictamen de la Comisión Médica y el producido en autos radica en la distinta cuantificación del factor de ponderación por edad en Comisión médica 0,30% y en pericia de 0,53% lo que lleva a determinar una incapacidad del 3,77% to en CM y de 4%to en autos..."
- "En definitiva, y por las consideraciones expuestas, no encuentro razones para apartarme de lo resuelto en las actuaciones administrativas EXPEDIENTE SRT N°: SRT N°: 172567/2019 , en razón de que la pericia de autos coincide con la patología del actor por lo que corresponde ratificar el dictamen de la SRT, el cual establece un porcentaje de incapacidad del 3,77%, to. Parcial permanente y definitiva, incluidos los factores de ponderación, conforme el Baremo previsto en el Decreto 659/96."
- "La suma de condena asciende a PESOS SESENTA Y SEIS MIL SEISNCIENTOS DOS CON 17/100 CENTAVOS, ($ 66.602,17 ) que con más los intereses, deberá ser abonada al actor por la demandada en el plazo de diez(10) DIAS de quedar firme la presente sentencia..."
- "Rechazar las inconstitucionalidades pedidas, la aplicación de RIPTE y el daño psíquico conforme lo expuesto. (art. 726 del CCCN)."
- Votos
- La Dra. Claudia Nora Maestri votó con los fundamentos precedentemente transcritos. Los Dres. Javier Eduardo Ribó y Beatriz Alicia Maffia adhirieron al mismo sentido.

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