ETCHEVERRY MARTA CECILIA C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS
La actora solicitó la nulidad de la resolución que rechazó el pago del suplemento por riesgo especial por manipulación de sustancias peligrosas. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró nulidad de la RESO-2023-1243-GDEBA-MSGP respecto de la actora y reconoció el suplemento desde el 20/07/2020, con actualización a valores actuales e intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Marta Cecilia Etcheverry (Comisario Mayor, Prof.), en su carácter de integrante de la Policía Científica provincial, quien actuó con patrocinio letrado.
Demandado: Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Seguridad.
Objeto: Se peticiona la nulidad de la resolución RESO-2023-1243-GDEBA-MSGP (05/06/2023) que desestimó su solicitud de pago del suplemento por riesgo especial previsto en el art. 45 inc. c) ap. 8) de la ley 13.982 y art. 61 inc. b) ap. d) del decreto n.º 1050/09; reconocimiento del suplemento con retroactividad de dos años desde el inicio del reclamo administrativo (20/07/2022), intereses y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró la nulidad respecto de la actora de la RESO-2023-1243-GDEBA-MSGP (05/06/2023) y se le reconoció el suplemento por riesgo especial desde el 20/07/2020, a valores actuales, con intereses y costas; costas a la demandada; diferimiento de regulación de honorarios hasta la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que conforme surge de los términos en que ha quedado planteada la litis, el tema a decidir se centra en verificar la legitimidad de la resolución RESO-2023-1243-GDEBA-MSGP, de fecha 05/06/2023, y si, en su caso, la parte actora cuenta con derecho al pago del suplemento especial previsto por el artículo 45 inc. 'c' ap. '8' de la ley 13.982 y su reglamentación, art. 61, inc. 'B' ap. 'd', del decreto n° 1.050/09, ello con motivo de la manipulación de sustancias que la ley 24.051 define como residuos peligrosos."
"Por lo tanto, resultan insuficientes las alegaciones de la representación fiscal relativas a la interpretación estricta de la ley sin poder extender los beneficios de la misma a otros supuestos similares y, en base a ello, considerar que no se encuentra quebrantado el principio constitucional de igualdad. Esta conclusión fue confirmada por la Suprema Corte de Justicia provincial, al expedirse en torno al RIL articulado por la demandante... 'Es evidente que este suplemento procura otorgar un beneficio diferencial al personal policial que tiene a su cargo la ejecución de tareas muy peligrosas y que, en consecuencia, se encuentra más expuesto a resultar herido como consecuencia directa de sus funciones en comparación con la generalidad de los integrantes de la fuerza.'"
"En tal entendimiento, cabe señalar que las constancias administrativas reseñadas permiten tener por acreditado, en primer lugar, que la actora no se desempeñó en un ámbito meramente administrativo, sino que desarrolló su carrera funcional en dependencias directamente vinculadas con la actividad química pericial de la Policía Científica... el instructivo para metodología de trabajo y procedimientos... aprobado por la propia actora ... evidencia la peligrosidad de los elementos utilizados en la práctica pericial."
"En suma, ... corresponde considerar la situación particular de la accionante, declarar la nulidad -en lo que a ella concierne
- de la resolución RESO-2023-1243-GDEBA-MSGP, de fecha 05/06/2023, emanada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, y reconocerle el suplemento por riesgo especial previsto en el art. 45 inc. 'c', apartado 8, de la ley 13.982 y art. 61 inc. 'b', apartado d), del decreto n° 1050/09."
Sobre retroactividad y prescripción: "bajo el régimen del Código Civil y Comercial, el plazo aplicable para este tipo de prestaciones es el de dos (2) años previsto en el art. 2562 inc. 'c'. Por consiguiente, teniendo en cuenta que el reclamo administrativo fue presentado el 20/07/2022, corresponde concluir que las sumas devengadas con anterioridad al 20/07/2020 se encuentran prescriptas."
Sobre actualización e intereses: "el derecho que se reconoce, lo sea a 'valores actuales' calculados a la fecha en la que se apruebe la liquidación respectiva... A las sumas reconocidas, deberá aplicarse los intereses a la tasa del 6% anual desde el 25/10/2020 y hasta la fecha en la que se determine el valor actual; y, de allí en más, la tasa pasiva más alta... que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires por sus depósitos a 30 días."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia.
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