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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DON FABRICIO S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra DON FABRICIO S.A. por deuda de $784.080 con sus intereses legales. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, aplicando intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal y constituyó domicilio procesal en los estrados del juzgado; costas a la vencida.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de derecho por inactividad Constitucion de domicilio procesal Costas a la vencida Ley 13.406 Codigo procesal civil y comercial (arts. 540 549 116 155) Fisco de la provincia de buenos aires

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: DON FABRICIO S.A. Objeto: Ejecución apremio provincial por capital reclamado de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHENTA ($ 784.080,00) más intereses. Decisión: Se dispone proseguir la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, con aplicación de intereses según el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (11/07/24). Se imponen las costas a la vencida y se constituye domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Habiendo sido la demandada DON FABRICIO S.A. intimado de pago en el domicilio de calle Uruguay Nº 1064, Piso 4°, Dpto.'C' de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada DON FABRICIO S.A. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHENTA ($ 784.080,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 11/07/24
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 12/07/24, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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