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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GLERIA RICARDO JORGE S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecuta el Fisco de la Provincia de Buenos Aires apremio provincial contra Ricardo Jorge Gleria por deuda fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago de PESOS 7.253.433,50 más intereses desde la interposición de la demanda (13/04/26) y declaró perdido el derecho a oponer excepciones por vencimiento del plazo.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Perdida del derecho a excepciones Intereses art. 104 codigo fiscal Monto $7.253.433 50 Intimacion de pago Costas a la vencida Domicilio constituido Ley 13.406 Cpcc articulos 116 155 540 549.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: GLERIA, RICARDO JORGE. Objeto: ejecución de deuda fiscal por el capital reclamado de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 7.253.433,50) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (13/04/26) hasta su efectivo pago. Decisión: hacerse lugar al pedido de ejecución/apremio provincial, ordenar la continuación de la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con aplicación de intereses, declarar perdido el derecho del demandado a oponer excepciones por no haberlas opuesto en término, imponer las costas a la vencida y constituir domicilio procesal en los estrados del Juzgado por haber sido debidamente notificado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del Tribunal): "Habiendo sido el demandado GLERIA, RICARDO JORGE intimado de pago en el domicilio de calle Uruguay Nº 435, Piso 8°, Dpto.'O' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado GLERIA, RICARDO JORGE haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 7.253.433,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 13/04/26
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 22/04/26, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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