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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ABELLEIRA IVAN LAUREANO S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial dirigido contra Iván Laureano Abelleira por deuda fiscal por $56.160. El Tribunal hace lugar al apremio, ordena la ejecución hasta el íntegro pago y aplica intereses desde la demanda; impone costas a la vencida y constituye domicilio procesal en los estrados.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Mora Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida del derecho por inaccion Costas a la vencida Constitucion de domicilio en estrados $56.160 Intimacion de pago (13/12/21)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: ABELLEIRA, IVAN LAUREANO. Objeto: Ejecución coactiva por deuda fiscal por el capital reclamado de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA ($56.160,00) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (13/12/21) hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra el demandado hasta el pago íntegro de la suma reclamada con aplicación de intereses, se impusieron las costas a la vencida y se constituyó el domicilio procesal en los estrados del juzgado. Regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Habiendo sido el demandado ABELLEIRA, IVAN LAUREANO intimado de pago en el domicilio de calle 58 Nº 2823 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada ABELLEIRA, IVAN LAUREANO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA ($ 56.160,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 13/12/21
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 13/12/21, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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