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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DI CANDILO JESICA ALEJANDRA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial para cobrar deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y el remate hasta que la ejecutada abone íntegramente $306.383,70 más intereses, gastos y costas, fundándose en la pérdida del derecho a oponer excepciones por vencimiento del plazo.

Ejecucion Apremio provincial Deuda fiscal Titulo ejecutivo n?1449646 Perdida de excepciones $306.383 70 Intereses codigo fiscal Trance y remate Constitucion de domicilio Costas y honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: DI CANDILO, JESICA ALEJANDRA (DNI N° 29.141.240). Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado conforme al Título Ejecutivo Nro. 1449646, por la suma de $306.383,70, más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución de trance y remate, ordenando continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, intereses, gastos y costas; se declaró perdida la excepción por no haberse opuesto dentro del plazo legal; se constituyó el domicilio en los estrados del Juzgado; se difirió la regulación de honorarios al art. 51 Ley 14.967 y se dejó constancia de la diligencia de intimación en el domicilio indicado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada DI CANDILO, JESICA ALEJANDRA (DNI N° 29.141.240) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos TRESCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON SETENTA CENTAVOS ($ 306.383,70), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1449646-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle JORGE NEWBERY N° 5005 M:126 BARRIO LOS PINOS RUMENCO de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)."

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