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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VICAMPO SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio contra VICAMPO SRL por deuda consignada en el Título Ejecutivo Nro. 1509642. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada abone $805.792,30 más intereses, gastos y costas, por no haber opuesto excepciones ni ejercido su derecho en plazo.

Ejecucion por apremio Titulo ejecutivo n?1509642 Fisco provincia de buenos aires Vicampo srl Pago de capital $805.792 30 Intereses codigo fiscal Perdida de excepcion (art.155 cpcc) Trance y remate Domicilio constituido en estrados Regulacion de honorarios diferida

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: VICAMPO SRL (CUIT N° 30-70838873-0). Objeto: Ejecución por apremio provincial, sobre capital reclamado conforme al Título Ejecutivo Nro. 1509642 por la suma de $805.792,30, más intereses según Código Fiscal, y costas y gastos. Decisión: Se hizo lugar a la petición de ejecución; se manda llevar adelante la ejecución y se tiene por constituido domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado; se difiere regulación de honorarios; se dejó constancia de la diligencia de intimación en San Luis 2250, Piso 4° de Mar del Plata; se ordenó notificar a la demandada según art. 41 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos literales relevantes del fallo): "Por recibido el mandamiento y el oficio de traba de medida cautelar debidamente diligenciado adjuntados en formato pdf." "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada VICAMPO SRL ... haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos OCHOCIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 805.792,30), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1509642-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967." "Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC)." "Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle SAN LUIS N° 2250 PISO:4° de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)."

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