Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESPINOSA PARRA MARIA TERESA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial por deuda tributaria contra María Teresa Espinosa Parra. El Tribunal ordenó continuar con la ejecución y remate hasta obtener el pago íntegro de $8.898 más intereses, gastos y costas, por constituirse domicilio judicial y haberse practicado la intimación en Don Bosco 4150, Mar del Plata.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Titulo ejecutivo 756436 Intimacion de pago Remate Intereses codigo fiscal Costas Domicilio judicial Ley 14.967 Art. 540 cpcc.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ESPINOSA PARRA, MARIA TERESA (DNI N° 24.144.433). Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado según Título Ejecutivo N° 756436, por la suma de pesos OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 8.898), más intereses, gastos y costas. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución, incluyéndose remate, hasta tanto la ejecutada efectúe el pago íntegro del capital reclamado ($8.898) con los intereses previstos por el Código Fiscal, más gastos y costas; se dejó constituido el domicilio en los estrados del Juzgado; se difirió la regulación de honorarios; y se dejó constancia de la intimación practicada en Don Bosco 4150, Mar del Plata.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos literalmente del fallo): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada ESPINOSA PARRA, MARIA TERESA (DNI N° 24.144.433) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 8.898), -conforme Título Ejecutivo Nro. 756436-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967." "Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC)." "Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle DON BOSCO N° 4150 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)." "REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar