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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MIRANDA FERNANDO GABRIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial promovido por el Fisco provincial para cobrar título ejecutivo por deuda tributaria. El Tribunal ordenó proceder a la ejecución, disponiendo trance y remate hasta el pago íntegro de $791.085,80 más intereses, gastos y costas, y declaró perdido el derecho de oponer excepciones por vencimiento de plazo.

Apremio provincial Ejecucion Titulo ejecutivo n?1504864 Fisco provincia de buenos aires Deuda tributaria Trance y remate Perdida de excepciones Intereses codigo fiscal Domicilio judicial $791.085 80

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MIRANDA, FERNANDO GABRIEL (DNI N° 16.875.420). Objeto: Ejecución por título ejecutivo Nro. 1504864 por la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 791.085,80) más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas. Decisión: Se ordenó seguir con la ejecución mediante trance y remate hasta el pago total del capital reclamado, con más intereses, gastos y costas; se tuvo por perdido el derecho del demandado a oponer excepciones por haber vencido el plazo; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio en los estrados del Juzgado; se dejó constancia de la intimación de pago en domicilio sito en calle 45 N° 1744, Mar del Plata; y se ordenó notificar conforme art. 41 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del acta/fallo, conservando el lenguaje original): "Por recibido el mandamiento adjuntado en formato pdf. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC). Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC.," "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada MIRANDA, FERNANDO GABRIEL (DNI N° 16.875.420) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 791.085,80), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1504864-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle 45 N° 1744 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

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