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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ONDARRA DIP ANDRES HERNAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco Provincial promovió ejecución por apremio provincial reclamando el pago de $3.828.844,60 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate y condenó al demandado al pago del capital reclamado con los intereses previstos por el artículo 104 del Código Fiscal, imponiéndole además las costas.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Intereses art. 104 codigo fiscal Costas Perdida de excepciones por inactividad Domicilio procesal Ley 13.406 Monto $3.828.844 60 Difirio regulacion de honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Ondarra Dip Andrés Hernán. Objeto: Ejecución por apremio provincial para obtener el pago del capital reclamado por PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 60/100 ($3.828.844,60), con aplicación de los intereses establecidos por el art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (18/6/2026) y hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la causa de trance y remate, ordenando continuar la ejecución hasta que el demandado abone íntegramente la suma reclamada con intereses; se impusieron las costas al demandado y se tuvo por constituido su domicilio procesal en los estrados del Juzgado. Se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406." FALLO: "1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto ONDARRA DIP ANDRES HERNAN haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 60/100 ($3.828.844,60), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (18/6/2026) y hasta su efectivo pago." "2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 Ley 14967)." "3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

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