PESCE LEANDRO PABLO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES- INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL S/ PRETENSION DECLARATIVA DE CERTEZA - PREVISION
El actor promovió una pretensión declarativa de certeza para que se determine la procedencia de computar servicios docentes prestados en simultaneidad con tareas en el Servicio Penitenciario a los fines del reajuste jubilatorio. El Tribunal desestimó la acción por inexistencia de “caso” actual y falta de certeza necesaria, al tratarse de una pretensión preventiva respecto de derechos aún no adquiridos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Sr. Leandro Pablo Pesce, representado por letrado.
Demandado: Provincia de Buenos Aires
- Instituto de Previsión Social (IPS).
Objeto: Pretensión declarativa de certeza respecto de la interpretación de la Ley 13.237 y la posibilidad de computar servicios docentes prestados en simultaneidad con los del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires (SPB) a los fines del reconocimiento y eventual reajuste del haber jubilatorio (art. 47 Decreto Ley 9650/80 por remisión art. 32 Ley 13.237).
Decisión: Se desestimó la pretensión declarativa de certeza por inexistencia del “caso” susceptible de pronunciamiento judicial; se impusieron costas en el orden causado y se reglamentaron honorarios por 30 Jus Ley 14967 más aportes e IVA si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
- "sabido es que, para habilitar el tránsito a esta vía judicial, debe darse la existencia de un 'caso' que deba efectivamente resolverse. Y tal como lo señala Guillermo Enderle ... no se trata de un pronunciamiento sobre cuestiones o derechos abstractos ni de una consulta sobre una hipotética cuestión jurídica, sino 'que decida un punto oscuro de un caso concreto', antes de que se trabe una litis por la posible violación de un derecho." (Considerando 2).
- "no se encuentran reunidas estas circunstancias en el presente proceso, puesto que surge palmaria la ausencia del caso administrativo, desde que puede advertirse que el objeto de la acción versa en abstracto, esto es, encontrándose el actor en actividad sin haber obtenido el haber jubilatorio ... ni gestionado el otorgamiento del mismo ante alguna de ellas ... todo ello impide la existencia del 'caso judicial' actual, sino meramente eventual." (Considerando 3).
- "La pretensión de una sentencia de tal contenido ... no implica que pueda esgrimirse un estado de incertidumbre respecto de una situación o relación jurídica conjetural." (Considerando 3.2).
- Fallo: "1. Desestimando la pretensión declarativa de certeza promovida por el Sr. PESCE, LEANDRO PABLO contra el PROVINCIA DE BUENOS AIRES
- INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL ... 2. Imponiendo las costas de la presente contienda en el orden causado ... Regulando los honorarios del Dr. Rodolfo Martín Cacace ... en la cantidad de treinta (30) Jus Ley 14967 con más el 10% de aporte legal e IVA en caso de corresponder..."
- Prueba y hechos relevantes: constancias administrativas del SPB (ingreso 03/07/2003; legajo; en actividad; destino Unidad 18 Gorina), constancias ARCA/empleador Asociación Club Gimnasia y Esgrima La Plata (altas/bajas; períodos 2007-2026; ARCA no pudo precisar que las remuneraciones sean por "servicios docentes" sin mayor aclaración), histórico previsional y aportes en línea (2000/9 a 2026/3). Fecha de demanda 25/03/2025; contestación Fiscalía de Estado 18/09/2025; pruebas y alegatos agregados 13/05/2026 y 28/05/2026; sentencia firmada digitalmente en La Plata (fecha de la firma digital consignada).
- Observación sobre inconstitucionalidad planteada: la Fiscalía de Estado rechazó la pretensión de inconstitucionalidad de la Ley 13.237 y sostuvo la claridad de su texto y la supletoriedad restringida al Decreto Ley 9650/80; el Tribunal, al decidir sobre la improcedencia procesal, no resolvió el fondo de esa cuestión.
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