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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial contra contribuyente por deuda tributaria. El Tribunal dispuso continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $188.300,10 con intereses desde la interposición de la demanda el 10/5/2022 y declaró perdido el derecho a oponer excepciones.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Fisco de la provincia de buenos aires Deuda tributaria Intereses articulo 104 codigo fiscal Perdida de derecho a excepciones Costas a la vencida Domicilio constituido $188.300 10 Fecha de demanda 10/5/2022

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
- A quién se demanda (Demandado) Rodríguez Daniel Alejandro.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CON 10/100 ($188.300,10) más intereses por mora.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, aplicando intereses según el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (10/5/2022) hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la vencida y se constituyó domicilio en los estrados del Juzgado por apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "Habiendo sido el demandado RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO intimado de pago en el domicilio de calle DOCTOR TAGLIAFICO 985 ROQUE PEREZ
- BUENOS AIRES
- 7245 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado RODRIGUEZ DANIEL ALEJANDRO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CON 10/100 ($188.300,10). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -10/5/2022
- y hasta su efectivo pago.-" "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 30/5/2022, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20295775166@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."

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