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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ OLAS MARINAS S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal provincial contra OLAS MARINAS S.A. por deuda de $5.301.757,10. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando su continuamiento e imponiendo costas a la parte vencida, con intereses desde la interposición de la demanda (15/05/2026).

Ejecucion fiscal Apremio provincial Fisco provincia de buenos aires Olas marinas s.a. Perdida del derecho por inactividad Intereses art. 104 codigo fiscal Costas a la vencida Constitucion de domicilio procesal Monto $5.301.757 10 Fecha demanda 15/05/2026.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: OLAS MARINAS S.A. Objeto: Ejecución provincial por capital reclamado de Pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 10/100 ($5.301.757,10) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (15/05/2026) hasta su efectivo pago. Decisión: Se declaró perdida la oposición por falta de excepciones dentro del plazo legal; se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con los intereses legales; se impusieron las costas a la parte vencida y se dejó constituido domicilio procesal en los estrados del Juzgado notificándose electrónicamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Habiendo sido el demandado OLAS MARINAS S.A. intimado de pago en el domicilio de calle PJE CERRILLOS 1976 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado OLAS MARINAS S.A. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 10/100 ($5.301.757,10). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -15/05/2026
- y hasta su efectivo pago.-" "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 15/05/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 23373866784@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."

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