Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SIMEN SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra SIMEN SA por deuda tributaria por $114.597,00 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, aplicando intereses desde la interposición de la demanda y dejó las costas a cargo del vencido.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de derecho por inactividad Costas al vencido Domicilio constituido Ley 13.406 Cpcc arts. 540 y 549 Monto $114.597 Fecha interposicion 13/4/2021.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: SIMEN SA. Objeto: Ejecución de capital reclamado por Pesos CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 0/100 ($114.597,00) con intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (13/4/2021) hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado más intereses; se impusieron las costas al vencido; se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado y se ordenó notificación electrónica al domicilio consignado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Habiendo sido el demandado SIMEN SA intimado de pago en el domicilio de calle 10 547 PISO:1° DEPTO.:4 LA PLATA
- BUENOS AIRES
- 1900 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado SIMEN SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 0/100 ($114.597,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -13/4/2021
- y hasta su efectivo pago.-" "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 19/4/2021, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20295775166@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR." (No se consignan votos en disidencia en la sentencia.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar