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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MAGLIO DANIEL ALEJANDRO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Maglio Daniel Alejandro por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar al pedido de ejecución y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de $1.086.120,60 más intereses desde la interposición de la demanda (10/04/2025), imponiendo costas a la vencida.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Deuda $1.086.120 60 Intereses art.104 codigo fiscal Perdida de derecho por inactividad (arts.116 y 155 cpcc) Costas a la vencida Domicilio constituido Ley 13.406 Articulos 540 y 549 cpcc.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Maglio Daniel Alejandro. Objeto: Ejecución/apremio provincial por capital reclamado de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTE CON 60/100 ($1.086.120,60) más intereses. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que el demandado haga íntegro pago del monto reclamado, con aplicación de intereses según el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (10/04/2025) y hasta su efectivo pago; costas a la vencida; constitución del domicilio en los estrados por haber sido debidamente anoticiado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Habiendo sido el demandado MAGLIO DANIEL ALEJANDRO intimado de pago en el domicilio de calle 464 CITY BELL
- BUENOS AIRES
- 1896 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MAGLIO DANIEL ALEJANDRO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTE CON 60/100 ($1.086.120,60). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -10/04/2025
- y hasta su efectivo pago.-" "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 14/04/2025, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20288682276@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."

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