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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ EL PARAISO DE GUERNICA SA SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución (apremio provincial) contra EL PARAISO DE GUERNICA SA SA por deuda fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y condenó al pago del capital de $146.141,10 más intereses desde la interposición de la demanda, imponiendo las costas a la parte vencida.

Ejecucion provincial Apremio Fisco de la provincia de buenos aires Deuda fiscal $146.141 10 Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de derecho por inactividad (arts. 116 155 cpcc) Costas a la vencida Constitucion de domicilio en estrados Notificacion electronica Ley 13.406

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: EL PARAISO DE GUERNICA SA SA. Objeto: Ejecución provincial por capital reclamado de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 10/100 ($146.141,10) más intereses aplicables. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado más intereses desde la interposición de la demanda (21/3/2022). Se impusieron las costas a la vencida y se difirió la regulación de honorarios. Se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado y se ordenó notificación electrónica.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo):
- "Habiendo sido el demandado EL PARAISO DE GUERNICA SA SA intimado de pago en el domicilio de calle 21 GUERNICA
- BUENOS AIRES
- 1862 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."
- "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado EL PARAISO DE GUERNICA SA SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 10/100 ($146.141,10). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -21/3/2022
- y hasta su efectivo pago."
- "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)."
- "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 22/3/2022, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20295775166@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."

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