Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PIÑERO JORGE CEFERINO y otro/a S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal promovida por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución contra los demandados por Pesos 1.099.197,30 más intereses desde la interposición de la demanda, imponiendo costas a la vencida y constituyendo domicilio en los estrados.

Ejecucion provincial Fisco de la provincia de buenos aires Deuda tributaria Apremio Intereses articulo 104 codigo fiscal Costas a la vencida Constitucionde domicilio Sentencia de ejecucion $1.099.197 30 Notificacion electronica.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Piñero Jorge Ceferino y Vieytes Alicia Estela. Objeto: Ejecución provincial de pago del capital reclamado por Pesos UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 30/100 ($1.099.197,30) más intereses según artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (6/7/2026) hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado; se impusieron las costas a la vencida; se dejó constituido el domicilio en los estrados y se dispuso notificación electrónica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del Tribunal): "Habiendo sido los demandados PIÑERO JORGE CEFERINO y VIEYTES ALICIA ESTELA intimados de pago en el domicilio de calle AV VARELA 756 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y LINO LAGOS 1578, ALDO BONZI no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." "1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados PIÑERO JORGE CEFERINO y VIEYTES ALICIA ESTELA hagan íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos UN MILLON NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 30/100 ($1.099.197,30). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -6/7/2026
- y hasta su efectivo pago." "2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)." "3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 8/7/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 27161987072@notificaciones.scba.gov.ar."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar