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LOPEZ VICTOR DAMIAN Y OTRO/A C/ DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENO S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS

Reclamo indemnizatorio por lesión sufrida por alumno durante clase de educación física en Escuela Primaria N°110. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar $945.000 (más intereses), por incapacidad física, daño moral y gastos médicos, extendiendo la condena a las aseguradoras citadas.

Responsabilidad del estado Establecimiento educativo Falta de servicio Lesion en educacion fisica Menisco (12%) Dano moral Gastos medicos Aseguradora citada en garantia Provincia de buenos aires Indemnizacion $945.000

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: LOPEZ Víctor Damián y RODRIGUEZ Cintia Johanna Maricel, en representación de su hijo menor LOPEZ Agustín Alexis. Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires; se dejó extenso el pronunciamiento a Provincia Seguros S.A. y Sancor Seguros en los términos indicados. Objeto: Pretensión indemnizatoria por daños y perjuicios derivados de lesión en rodilla izquierda (rotura de meniscos externos con posible implante) sufrida por el menor el 15/03/2022 durante clase de educación física en la Escuela Primaria N°110 Remolcador ARA Guaraní; se reclamaron incapacidad, daño psicológico, daño no patrimonial (moral), gastos médicos, kinesiterapia y tratamiento psicológico, entre otros. Decisión: Se rechazó la excepción de defecto legal opuesta por Sancor; se hizo lugar parcialmente a la demanda contra la Provincia de Buenos Aires y se condenó a abonar a la parte actora la suma de PESOS novecientos cuarenta y cinco mil ($945.000) más intereses (con tasa del 6% anual desde el 15/03/2022 hasta la sentencia y luego tasa pasiva del Banco Provincia sobre el capital). Se declaró extensiva la condena a Provincia Seguros S.A. (en los términos del art.118 Ley 17.418) y a Sancor en su carácter contractual conforme póliza N°9729401 (Ref. 5067946). Se impusieron costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): Sobre la configuración de la responsabilidad del establecimiento educativo y prueba del hecho: "Por todo lo dicho, y teniendo en cuanta sobre todo las constancias del expediente administrativo acompañado
- denuncia realizada por la directora del establecimiento educativo 101 REMOLCADOR ARA GUARANI del hecho ocurrido y de la hora señalada
- y de los dichos de la testigo, considero que existe una causa adecuada y que la sola existencia del hecho y del daño basta para generar responsabilidad de la demandada, teniendo en cuenta que el daño fue causado al alumno, en momentos en que participaba de la clase de Educación Física a cargo del Profesor Claudio dentro del establecimiento educativo 101 REMOLCADOR ARA GUARANI dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de La Provincia de Buenos Aires" Sobre la omisión de protocolos y diligencia: "Asimismo adunase a ello que según surge de las constancias de autos, ni el profesor a cargo de la clase de educación física, ni las autoridades del establecimiento educativo llevaron a cabo los PROTOCOLOS establecidos para situaciones como la de autos, NO dando aviso a emergencias medicas, como tampoco avisando a los progenitores del menor según fuera detallado ut supra" Sobre la pericia médica y determinación de incapacidad: "El perito médico ... informa que '... Incapacidad del actor: La lesión padecida por la parte actora determina una incapacidad, más abajo detallada porcentualmente, del tipo parcial y permanente de la TO.... este Perito entiende que existe ALTA PROBABILIDAD en términos etiopatogénicos de relación de causalidad adecuada cierta entre las lesiones sufridas y el hecho de la demanda.' ... 'INCAPACIDAD FÍSICA: 1) 12 % síndrome meniscal... Se indica fisiokinesioterapia rehabilitadora...'" Sobre la cuantificación de rubros: "Por ello, teniendo en cuenta tanto en el aspecto físico y el grado de incapacidad, corresponde se acoja parcialmente el rubro reclamado en tal concepto, justipreciándolo en la suma de Pesos trecientos mil ($ 300.000).
- con mas los gastos por tratamiento kinesiologico en la suma de pesos cien mil ( $100000)." "Entendiendo al mismo como la privación y disminución de aquellos bienes que tienen un valor precioso en la vida del hombre... Por lo que entiendo que corresponde justipreciar el presente rubro, respecto del menor de autos Agustin Alexis Lopez en la suma de PESOS quinientos mil ($ 500.000)." "D) Gastos de farmacia y asistencia medica... justipreciar el presente reclamo en la suma de Pesos cuarenta y cinco mil ( $ 45.000)" Sobre la conclusión y condena: "En virtud de todo lo expuesto, tengo para mí que la presente demanda debe prosperar parcialmente... condenar a la demandada pagar a la parte actora la suma de pesos novecientos cuarenta y cinco mil ( 945000) con mas los intereses... deberán calcularse... desde el momento en que se tuvieron por producidos los perjuicios considerados -15 de marzo del año 2022,
- ... y hasta el momento de la presente sentencia..." Sobre aseguradoras y alcance de la cobertura: "corresponde hacer lugar a lo solicitado por la parte actora, declarando que la parte citada en garantía Provincia Seguros deberá responder conforme lo dispuesto por la actual doctrina legal de la SCBA, incorporándose la cobertura básica vigente al momento de la valuación judicial del daño... Asimismo haciendo extensión de la sentencia a la Aseguradora SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA en cuanto a los limites y alcances establecidos en la póliza Nro. 9729401 (Ref. Nro. 5067946)."

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