FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CARBONETTI CLAUDIA VANESA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución fiscal contra Claudia Vanesa Carbonetti por una deuda tributaria. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago integral de $1.283.020,10 más accesorios, imponiendo costas a la parte ejecutada y teniendo por constituido su domicilio en los estrados del Juzgado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Claudia Vanesa Carbonetti.
Objeto: Ejecución provincial por capital reclamado de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL VEINTE CON 10/100 ($1.283.020,10) más accesorios legales y costas; intereses previstos en el art. 95 de la ley 10.397, T.O. Res. 120/04 desde la promoción hasta el efectivo pago.
Decisión: Se ordenó proseguir la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y accesorios; se impusieron las costas a la parte ejecutada; se tuvo por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado; y se diferirió la regulación de honorarios hasta practicada la liquidación pertinente.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "No habiendo la parte ejecutada opuesto en término excepciones legítimas admisibles, désele a la aludida por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 116 y 155 del CPCC por remisión del art. 25 de la ley 13.406)."
- "En consecuencia, corresponde mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado CLAUDIA VANESA CARBONETTI haga íntegro pago al ejecutante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de la suma de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL VEINTE CON 10/100 ($1.283.020,10) mas los accesorios legales y costas."
- "No habiendo el contribuyente fijado su domicilio procesal dentro del radio del Juzgado ... tiéneselo por constituido en los estrados del Juzgado."
- Resolución dispositiva: "1)Mandar llevar adelante la presente ejecución hasta tanto CLAUDIA VANESA CARBONETTI haga íntegro pago ... por la suma de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL VEINTE CON 10/100 ($1.283.020,10) más los intereses previstos en el art. 95 de la ley 10.397 ... 2)Imponer las costas de la ejecución a la parte ejecutada (art.68, 556 y ccs, del CPCC, art. 51 inc. 2ºacápite-a-del CPCA). 3)Tener por constituido el domicilio procesal de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado ... 4)Diferir la regulación de honorarios hasta tanto sea practicada la liquidación pertinente ..."
- Se consignan normas aplicadas: art. 116 y 155 del CPCC, art. 25 ley 13.406; art. 95 ley 10.397; art. 68, 556 y concordantes del CPCC; art. 51 inc. 2º del CPCA; art. 41 CPCC; acuerdo 2514/92 de SCJBA.
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