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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ D´ALOISIO MIRTA SUSANA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial para cobrar $1.953.973,30 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y remate hasta obtener el pago íntegro, imponiendo las costas al vencido y difiriendo regulación de honorarios.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Remate Interes art. 104 codigo fiscal Costas al vencido Domicilio constituido Perdida de excepciones Ley 13.406 Regulacion de honorarios diferida Monto $1.953.973 30.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: D'ALOISIO MIRTA SUSANA. Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON 30/100 ($1.953.973,30) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó continuar con la causa de trance y remate, llevando adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes en lenguaje del Tribunal): "Agregado en este acto el escrito electrónico que se acompaña junto a la manda y su diligencia, corresponde expedirme conforme lo peticionado por el actor. Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.).- Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.).- Por ello, de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto en la Ley Nº 13.406 RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, D'ALOISIO MIRTA SUSANA haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON 30/100 ($1.953.973,30), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11) desde la interposición de la demanda, y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 68 del C.P.C.C. supletorio art. 25 de la Ley 13406).- II.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley Nº 14.967.- III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la parte actora se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA y a la parte demandada ministerio ley (conf. art. 135 inc. 12 del C.P.C.C., supletorio conf. art. 25 de la Ley 13.406, y art. 13 in fine de la Ley 13.406, respectivamente)."

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