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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ D´ALOISIO MIRTA SUSANA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por parte del Fisco de la Provincia de Buenos Aires para el cobro de deuda tributaria mediante remate. El Tribunal ordenó proceder a la causa de trance y remate y mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 40/100 ($1.984.854,40), con más intereses previstos en el art. 104 del Código Fiscal, imponiendo las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Trance y remate Fisco provincia de buenos aires Intimacion de pago Art. 104 codigo fiscal Art. 155 c.p.c.c. Domicilio constituido Costas al vencido Regulacion de honorarios diferida Deuda $1.984.854 40

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: D'ALOISIO MIRTA SUSANA. Objeto: Ejecución fiscal por capital reclamado de $1.984.854,40 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal; procedimiento de trance y remate. Decisión: Se hace lugar a lo solicitado por el actor; se ordena continuar la ejecución mediante trance y remate hasta el efectivo pago del capital reclamado más intereses; costas al vencido; diferimiento de regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Agregado en este acto el escrito electrónico que se acompaña junto a la manda y su diligencia, corresponde expedirme conforme lo peticionado por el actor. Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, conforme surge del mandamiento de intimación de pago y su diligencia, notificado en el domicilio fiscal del demandado (art. 14 Acordada 2514/92), se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 C.P.C.C.).- Hallándose la demandada debidamente intimada a constituir domicilio, conforme emerge del mandamiento aludido, téngaselo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 7 de la Ley Nº 13.406 y art. 41 del C.P.C.C.).- Por ello, de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto en la Ley Nº 13.406 RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada, D'ALOISIO MIRTA SUSANA haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 40/100 ($1.984.854,40), con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. 39/11) desde la interposición de la demanda, y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 68 del C.P.C.C. supletorio art. 25 de la Ley 13406).- II.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley Nº 14.967.- III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE a la parte actora se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA y a la parte demandada ministerio ley (conf. art. 135 inc. 12 del C.P.C.C., supletorio conf. art. 25 de la Ley 13.406, y art. 13 in fine de la Ley 13.406, respectivamente)."

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