FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LAMARCHE MARIA FERNANDA S/ APREMIO PROVINCIAL
Homologación judicial de acuerdo de pago en expediente de apremio provincial. El Tribunal homologó el acuerdo previsto en el art. 23 de la Ley 13.406, reconoció la firma, fijó honorarios a favor del letrado del Fisco por $149.250,00 y ordenó el levantamiento de la inhibición general de bienes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Lamarche María Fernanda.
Objeto: Homologación judicial de un acuerdo de pago dentro del trámite de apremio provincial y medidas relacionadas (mantenimiento o levantamiento de medidas cautelares).
Decisión: Se tuvo por reconocida la firma del acuerdo de pago, se homologó el acuerdo conforme art. 23 Ley 13.406, se registraron y notificaron las partes; se admitieron y tuvieron presentes honorarios profesionales pactados y, bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, se ordenó el levantamiento de la medida cautelar de inhibición general de bienes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del acta/resolución):
"1.
- Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:
2.
- RESUELVO:
I.
- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.-
II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-
III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, TANGORRA MARIQUEL, en la suma de HONORARIOS PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 0/100 ($149.250,00). Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.-
IV.
- Bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, levántese la medida cautelar trabada -Inhibición General de Bienes
- en los presentes obrados. Líbrese el oficio por Secretaria en el modo de estilo.-
V.
- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"
(Datos de expediente: 27441. Referencia: ACUERDO ART. 23 LEY 13406
- ACOMPAÑA (243101649000696623). Fecha: Azul, de AGOSTO de 2026.)
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