Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FRATALOCCHI MARINA S/ APREMIO PROVINCIAL (310)

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por $9.857,90 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución contra Marina Fratalocchi por el monto reclamado y aplicó costas a la demandada, por no haber opuesto excepciones en término.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda fiscal $9.857 90 Intereses resolucion 10/24 Perdida de derecho por inactividad Ley 13.406 Cpcc arts. 116 165 540 556 Costas a la demandada Domicilio constituido Postergacion regulacion de honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MARINA FRATALOCCHI. Objeto: Ejecución por deuda fiscal por la suma de NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($9.857,90) en concepto de capital, más intereses conforme Resolución 10/24 del Ministerio de Economía, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta obtener el pago íntegro reclamada, se impusieron las costas a la demandada vencida y se postergó la regulación de honorarios conforme normas citadas. Se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del juzgado y se ordenó registro y notificación conforme normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle Fiscal: Calle Cjal. Barrionuevo
- Nro. 606
- Loc. Berazategui, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra MARINA FRATALOCCHI, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de NUEVE MIL OCHOCIENTOS CIENCUENTA Y SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($9.857,90), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC." (Ningún voto en disidencia aparece en el expediente analizado.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar