FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DURO FELGUERA ARGENTINA SA S/ APREMIO PROVINCIAL
Ejecución fiscal por apremio provincial para cobrar deuda tributaria reclamada. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el trance y remate hasta obtener el pago íntegro de $9.370.136, con intereses y costas, por falta de oposición y por hallarse constituido domicilio en los estrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
Demandado: Duro Felguera Argentina Sa.
Objeto: Ejecución por apremio provincial para cobrar deuda que surge del título ejecutivo agregado, en suma principal de Pesos Nueve Millones Trescientos Setenta Mil Ciento Treinta Y Seis ($9.370.136,00), más intereses.
Decisión: Se ordenó continuar la causa de trance y remate y llevar adelante la ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado más intereses; costas a cargo de la ejecutada; se difirió la regulación de honorarios y se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Luis Costa
- Nro. 839
- Piso 1°
- Dto. A
- Loc. Campana domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC).
II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11.
FALLO:
1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada Duro Felguera Argentina Sa haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Nueve Millones Trescientos Setenta Mil Ciento Treinta Y Seis Con 0/100 ($9.370.136,00), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).
2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406).
3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: