FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PCI GROUP S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL
Ejecución fiscal por apremio provincial para cobrar una deuda tributaria por $6.042.123,80. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta el pago íntegro del capital reclamado con intereses, declarando perdido el derecho a oponer excepciones por vencimiento de plazo y constituyendo domicilio en estrados judiciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
Demandado: Pci Group S.R.L.
Objeto: Ejecución fiscal mediante apremio provincial por deuda prevista en título ejecutivo, por la suma de Pesos Seis Millones Cuarenta Y Dos Mil Ciento Veintitres Con 80/100 ($6.042.123,80), más intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo, conforme art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397).
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución, trance y remate hasta que el ejecutado haga el pago íntegro del capital reclamado más intereses; costas a cargo del ejecutado; diferimiento de regulación de honorarios hasta liquidación firme; constitución del domicilio en estrados por incumplimiento de notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes en lenguaje original del Tribunal):
"I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Av. 9 De Julio
- Nro. 869
- Cp. 2804
- Loc. Campana domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC).
II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."
FALLO (fragmentos relevantes):
"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Pci Group S.R.L. haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Seis Millones Cuarenta Y Dos Mil Ciento Veintitres Con 80/100 ($6.042.123,80), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).
2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406).
3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
(No se consignan votos en disidencia en la sentencia analizada.)
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: