IEZIN JAVIER S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Incidente por beneficio de litigar sin gastos solicitado por IEZIN JAVIER. El Tribunal concedió el beneficio conforme a los artículos 78, 79, 81 y 84 del CPCC, autorizando la prosecución del trámite sin pago de costas mientras no mejore su fortuna.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: IEZIN JAVIER.
Demandado: No surge parte demandada identificada en el expediente del incidente.
Objeto: Concesión del beneficio de litigar sin gastos (beneficio de litigar sin gastos).
Decisión: Se concede el beneficio solicitado, aprobándose la información sumaria producida, y autorizándose la continuación de las actuaciones sin obligación de abonar costas o gastos judiciales mientras no exista mejora de fortuna, con la salvedad del artículo 84 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes preservando el lenguaje del Tribunal):
"De conformidad con lo pedido, lo que resulta de la información sumaria rendida en autos, la que se aprueba en cuanto ha lugar por derecho (art. 456 del CPCC), y lo dispuesto por los arts. 78, 79 y 81 del mismo código, concédase a IEZIN JAVIER el beneficio de litigar sin gastos requerido, con el alcance que determinan las citadas disposiciones y el art. 84 del mismo texto legal citado, pudiendo en consecuencia proseguir las presentes actuaciones, sin que tenga que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales en tanto no mejore de fortuna con la salvedad establecida en el art. 84 citado. REGISTRESE. Notifíquese de conformidad con lo establecido en el art. 10 del anexo 1 de la Ac. 4013/21 SCBA."
(Nombre del juez consignado en la firma:)
"MARIANO M. CATTANEO
JUEZ"
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