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GENTILINI ELSA BEATRIZ S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

El expediente trata sobre la determinación de la capacidad jurídica de Elsa Beatriz Gentilini y la revisión de sentencia previa solicitada por la Asesoría de Incapaces. El Tribunal declaró la capacidad restringida para actos de administración y disposición, nombró a Haydee Gentilini como sistema de apoyo y ordenó medidas registrales y de control, fundando su decisión en informes médicos y el paradigma de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Determinacion de capacidad juridica Capacidad restringida Sistema de apoyo Esquizofrenia residual Convencion sobre los derechos de las personas con discapacidad Art. 31 32 37 38 40 44 cccn Inhibicion general de bienes Registro de las personas / registro de la propiedad inmueble Asesoria de incapaces n? 1

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Asesoría de Incapaces N° 1 intervino solicitando revisión de la determinación de la capacidad jurídica; actúa como parte promovente/interviniente en el proceso de revisión. Demandado: ELSA BEATRIZ GENTILINI, DNI N° 5.774.254. Objeto: Revisión de la sentencia declarativa previa (de fecha 12/6/2014) respecto de la capacidad jurídica de Elsa Beatriz Gentilini y determinación de alcance de eventuales limitaciones y medidas de apoyo. Decisión: Se declaró que Elsa Beatriz Gentilini conserva capacidad jurídica salvo que cuenta con capacidad restringida para ejercer por sí actos de administración y disposición de cualquier tipo de bienes; no podrá disponer por actos entre vivos ni realizar actos de administración sin la representación y asistencia de su hermana Haydee Gentilini (DNI 12.174.184), quien fue designada como sistema de apoyo. Se ordenó inscripción de la medida en Registro de las Personas, inhibición general en el Registro de la Propiedad Inmueble, plazo de tres años para nueva evaluación interdisciplinaria y se impusieron las costas a la interesada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que atañe al suscripto dictar un nuevo pronunciamiento respecto de la capacidad jurídica de ELSA BEATRIZ GENTILINI, conforme fuera solicitado por la Asesoría de Incapaces N° 1 por lo que habiéndose cumplido con la audiencia prevista por el artículo 40 CCCN, como da cuenta el acta de fecha 14/7/2026, corresponde proceder a la revisión de la sentencia declarativa oportunamente dictada en las presentes actuaciones.
- (cfr. arts. 31, 32, 37, 38 y ccs. del citado ordenamiento)." "La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad impone un cambio en el modo de proteger los intereses de este colectivo de vulnerables, con especial énfasis en que sean ellas quienes -en la medida de sus efectivas posibilidades
- conduzcan sus vidas." "el informe de fecha 06/11/2025 consignan que la causante '...presenta un cuadro compatible con ESQUIZOFRENIA RESIDUAL Su pronóstico es RESERVADO, (...) el comienzo de la patología data desde: ADOLESCENCIA (15 años) (...) Debe continuar con el tratamiento implementado y continuar con las diferentes actividades que realiza a la fecha. Requiere de la supervisión, asistencia y colaboración de terceros y/o familiares.
- El cuadro de la interesada no le permite dirigir su persona ni administrar sus bienes requiriendo la intervención de terceros responsables para su asistencia y supervisión de forma cotidiana y permanente.'" "corresponde declarar que ELSA BEATRIZ GENTILINI, conserva su capacidad jurídica para todos aquellos actos cuyo ejercicio no se le limitan y cuenta con capacidad restringida para ejercer por sí actos de administración y disposición de cualquier tipo de bienes, estableciendo que no podrá disponer de ellos por actos entre vivos, ni realizar actos de administración sin la representación y asistencia de su hermana Haydee Gentilini..." "designo a HAYDEE GENTILINI DNI 12.174.184, como su sistema de apoyo, quien previa aceptación y discernimiento del cargo, procederá a llevar adelante su cometido y brindará el apoyo necesario a su pupilo... La extensión del régimen de apoyo alcanza a todos los actos en que la persona requiera explicaciones, integrar consentimiento, convalidar su decisión, debiendo promover su autonomía, facilitar la comprensión y manifestación de su voluntad..." "Ello implica la facultad otorgada a la recién nombrada de percibir en forma directa cualquier beneficio social y/o previsional que pudiera corresponderle a Elsa Beatriz Gentilini, con cargo de rendición anual de cuentas." "Son nulos los actos que contraríen lo dispuesto en la presente sentencia (art. 44 CCCN)." En relación a las costas: "los gastos causídicos originados en estos obrados deben imponerse a ELSA BEATRIZ GENTILINI." (art. 628 CPCC).

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