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CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO ALBERTI 2032 C/ TEIXEIRA MARTINEZ BIRKIN S/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS

Cobro ejecutivo de expensas: el Consorcio solicita admisión de ampliación de demanda por capital. El Tribunal hace lugar al pedido, declara perdido el derecho de defensa por incomparecencia del demandado y admite la ampliación por $1.922.382,82, elevando la condena total a $3.304.757,59 más intereses, costas y costos.

Cobro ejecutivo de expensas Ampliacion de demanda Perencion de la accion por incomparecencia Capital puro Liquidacion de intereses Condena por expensas Costas y costos Art. 539 y 556 cpc Sentencia del 04/09/2023 Consorcio de propietarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO ALBERTI 2032. Demandado: TEIXEIRA MARTINEZ BIRKIN. Objeto: Cobro ejecutivo de expensas; solicitud de admisión de ampliación de la demanda por nueva suma reclamada. Decisión: Se declaró perdido el derecho del demandado a contestar el traslado conferido el 29/05/2026 y, en consecuencia, se hace extensiva la sentencia del 04/09/2023 a la ampliación de demanda del 22/05/2026 por PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 82/100 ($ 1.922.382,82), con lo que el monto total de la condena asciende a PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 59/100 ($ 3.304.757,59), más intereses, costas y costos; se aclara que la ampliación se admitió sólo respecto del capital puro, excluyéndose los intereses, cuyo importe se determinará en la liquidación conforme a las pautas de la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "AUTOS Y VISTOS: Conforme lo solicitado y no habiendo el demandado contestado el traslado conferido el 29/05/2026, pese a hallarse debidamente notificado, dáse por perdido el derecho de hacerlo. En consecuencia hácese extensiva la sentencia dictada el 4/9/2023 con relación a la nueva ampliación de la demanda presentada el 22/05/2026 por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 82/100 ($ 1.922.382,82) con lo que el monto total de la condena asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 59/100 ($ 3.304.757,59) , con más sus intereses, costas y costos (arts. 539 y 556 del C.P.C.). REGISTRESE en relación Se deja expresamente aclarado que se admitió la ampliación de la demanda solamente con respecto al capital puro, con exclusión de los intereses, cuyo importe será establecido en la oportunidad de practicarse liquidación, de conformidad con las pautas establecidas en la sentencia (arts. 34 inc. 5º, 522, 529, 549, 557, 589 y ccds. del Cód. cit.)." (No se consignan votos en disidencia en el acto reseñado.)

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