CAÑON VALERIA C/ NEXT CAR SRL S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La actora demandó por incumplimiento contractual y daños por la no entrega de un Peugeot 5008 adquirido mediante Next Car SRL. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra Next Car SRL, condenando al pago de $75.720.000 (con más intereses) y una multa estimativa por daño punitivo de $23.662.500, y rechazó la demanda contra Peugeot Citroën Argentina S.A. y S.V.A. S.A.C.I.F.I. por falta de legitimación pasiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Valeria Cañon.
Demandado: Next Car SRL; S.V.A. S.A.C.I.F.I.; Peugeot Citroën Argentina S.A.
Objeto: incumplimiento contractual por la no entrega de un vehículo Peugeot 5008 Allure Plus THP Tiptronic (0 km) tras pago de seña y saldo total; indemnización por daño patrimonial (monto pagado actualizado), daño moral y daño punitivo (art. 52 bis Ley 24.240). Se reclamó alternativamente la entrega del vehículo o la devolución actualizada del dinero y multas.
Decisión: Se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Peugeot Citroën Argentina S.A. y S.V.A. S.A.C.I.F.I., rechazándose la demanda contra ellas; se hizo lugar a la acción por incumplimiento contractual contra Next Car SRL y se la condenó a pagar PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL ($75.720.000) con más intereses (daño patrimonial y daño moral integrados) y, en concepto de daño punitivo estimativo, PESOS VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($23.662.500) -importe a valuarse definitivamente al momento del pago en CBT-; costas a cargo de Next Car SRL en el orden causado; costas en el orden causado respecto de Peugeot y SVA por haberse hecho lugar a su excepción.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) Sobre legitimación pasiva y relación con fabricante/concesionaria:
"Corresponde en consecuencia, hacer lugar a la excepción planteada por ambos codemandados, dado que el agente Next Car SRL no actuó por cuenta y representación de las restantes accionadas (fabricante y concesionaria respectivamente); quienes no solo no tuvieron ningún tipo de participación en el nexo causal apuntado, sino que puedo presumir incluso, con cierta grado de veracidad, que desconocían la operatoria, dado que el vehículo correspondiente al número de chasis en cuestión, fue vendido por la concesionaria oficial, sin ningún tipo de inconvenientes."
2) Sobre existencia de contrato y responsabilidad de Next Car SRL:
"De la documental adjunta, surge la existencia del nexo contractual entre la accionante y Next Car SRL., a través de QuatroRodas presentada como agencia de NC... El incumplimiento contractual por parte de la demanda rebelde, queda ineludiblemente comprobado, con la falta de entrega de la unidad, al estar acreditado el pago de la totalidad de sumas por parte de la actora... La responsabilidad por incumplimiento contractual de Next Car SRL se encuentra probada."
3) Sobre acreditación del pago:
"Se desprende del responde del BNA... que en fecha 24.09.2018 la Sra. CAÑON VALERIA DNI:25406785 ha depositado la suma de $126.000.-en la cuenta 4019-051093/0... se constata que se ha realizado la transferencia por la suma de $1.044.900 ... siendo el titular de la cuenta destino NEXT CAR SRL."
4) Sobre daño moral y prueba pericial:
"La pericia psicológica practicada ... refiere: 'En relación a su estado psíquico o psicológico se encuentra afectado por el evento dañoso ... cuadro de malestar psíquico general, con otros síntomas que dan cuenta de un trastorno por estrés postraumático (TEPT )'... Entiendo atinado otorgar por este parcial la suma actualizada de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000), con más los intereses."
5) Sobre daño punitivo y su cuantificación:
"El reclamo por daño punitivo prospera... La fórmula es la siguiente: D = C x [(1
- Pc) / (Pc x Pd)]... De ese modo... aplicando al caso la fórmula... el monto del daño punitivo resultante es de $ 23.662.500... Se aclara que por tratarse de condena en 'CBT' el importe del rubro se deberá valuar al momento del efectivo pago."
(Se indica además en el fallo la condena explícita:)
"Haciendo lugar a la acción por indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento contractual promovida por Cañon Valeria contra Next Car SRL ... condenando a la accionante, a abonar la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL CON 0/100 ($ 75.720.000) con más los intereses, ... y ... PESOS VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON 0/100 ($ 23.662.500) ..."
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