Logo

PACINI, HILDA ELISA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora promovió ejecución previsional contra ANSeS por reajustes por movilidad y aprobación de planilla pericial. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla, rechazó las excepciones, ordenó la ejecución y gravó costas a la demandada, aplicando jurisprudencia de la Corte sobre impuesto a las ganancias.

Ejecucion previsional Anses Planilla pericial Pbu Ley 18.037 Impuesto a las ganancias Precedente garcia Costas Honorarios 30% Camara federal de rosario

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PACINI, HILDA ELISA. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS). Objeto: Ejecución previsional por reajustes por movilidad; aprobación de la planilla pericial; impugnaciones relativas a la Prestación Básica Universal (PBU) y retención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo que aprobó la planilla practicada, rechazó las excepciones opuestas por ANSeS, ordenó ejecutar lo resuelto en primera instancia, impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios en el 30% de lo fijado en primera instancia. Además, consideró que corresponde estar al precedente “García” de la Corte Suprema respecto del impuesto a las ganancias y, conforme al voto de la vocal Andalaf Casiello, entendió que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos. Fecha de la decisión: 06/08/2026. Regulación de honorarios en Alzada: 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- “En lo atinente al agravio vinculado a la PBU, corresponde aclarar que el beneficio fue otorgado bajo el régimen de la ley 18.037. En consecuencia, dado que dicho régimen no contempla la mencionada prestación como componente del haber previsional, la crítica formulada carece de sustento.” (Voto del Dr. Aníbal Pineda)
- “Ingresando al estudio de la queja de la demandada referida al impuesto a las ganancias, indicaré que la resolución recurrida remitió, al precedente ‘García’ de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19), criterio sostenido por esta Sala ‘A’ en la causa FRO Nº 24589/2019 ‘CALDERON, Aníbal Norberto c/ANSeS s/Ejecución Previsional’ del 25/08/2022, lo que no fue rebatido por la apelante, por lo que corresponde estar a lo allí resuelto.” (Voto del Dr. Aníbal Pineda)
- “Ingresando al estudio de la queja de la demandada que versa sobre el no acogimiento de la excepción de pago total documentado, es dable indicar que al momento de ... dicha excepción no fue interpuesta por su parte y, en consecuencia, la sentencia impugnada no la trató, por lo tanto, cabe desestimarla.” (Voto del Dr. Aníbal Pineda)
- Voto de la Dra. Silvina María Andalaf Casiello respecto del impuesto: “entiendo que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos.” Además remite a la jurisprudencia de la Corte (García) y a posteriores reiteraciones en autos de esta Cámara y otras Salas.
- Parte resolutiva: “I.
- Confirmar la sentencia de primera instancia en los términos del presente. II.
- Imponer las costas devengadas en la Alzada, a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.). III.
- Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. Insértese, hágase saber, publíquese y, oportunamente, devuélvase los autos al Juzgado de origen.” (Decisión de Cámara, Sala “A”, 06/08/2026)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar