PIMENTEL, ANALIA RAQUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES solicitando reajustes y movilidad por aplicación de la ley 27.609. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de grado, rechazando las pretensiones en lo principal y diferiendo algunas cuestiones para la etapa de ejecución, imponiendo costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Analia Raquel Pimentel (actora).
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios y, en particular, reconocimiento de movilidad sustitutiva y aplicación de la ley 27.609; impugnación de la constitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426; intereses moratorios; tratamiento del impuesto a las ganancias.
Decisión: La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia apelada en sus términos, difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609, impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida y reguló honorarios en esta alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Respecto a la queja sobre la movilidad otorgada por la ley 27.609 cabe remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad y economía procesal, a lo expuesto en (Acuerdo de fecha 30 de diciembre de 2025). Por ello, entiendo que se debe hacer lugar al agravio de la actora."
"...atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos”. CSS 138932/2017/CS1 CSS 138932/2017/2/RH1, mediante sentencia del 04 de diciembre de 2025, y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal de justicia de la nación, no sólo por su carácter de intérprete supremo sino por razones de celeridad y economía procesal que hacen conveniente evitar todo dispendio de actividad jurisdiccional, corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
"En lo atinente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “Morales, Blanca Azucena” (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423. Así voto."
Parte resolutiva: "I. Confirmar la sentencia apelada en los términos del presente. II. Diferir para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609. III. Imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida (artículos 68 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). IV. Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia."
- Votos/pedidos relevantes: El vocal preopinante (Dr. Aníbal Pineda) proponía admitir el agravio de la actora respecto de la ley 27.609 y revocar la declaración de inconstitucionalidad del art. 2° de la ley 27.426 conforme CSJN; las Dras. Andalaf Casiello y Vidal adhirieron en lo sustancial, diferenciando el diferimiento de la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para ejecución.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: