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ITURRASPE, JOSE BERNARDO IGNACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios de haberes previsionales y planteos de inconstitucionalidad de leyes y decretos. La Cámara Federal de Rosario, Sala A, confirmó la sentencia de primera instancia, diferió la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609 para ejecución y declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a ANSeS.

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Actor: ITURRASPE, JOSE BERNARDO IGNACIO. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales; declaración de inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.541 y de varios decretos (163/20, 495/20, 542/20, 692/20 y 889/20); queja respecto de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609; cuestiones relativas a topes de ley, PBU, impuesto a las ganancias e intereses moratorios. Decisión: Por mayoría, la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en sus términos; diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; reguló honorarios en al 30% de lo fijado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo (lenguaje original preservado): "3.
- La actora solicitó la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.541, y de los decretos 163/20, 495/20, 542/20, 692/20 y 889/20. Asimismo, se quejó en cuanto la sentencia de baja instancia no declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad otorgada por la ley 27.609. Hizo reserva de la cuestión federal." "2.2.
- En lo que respecta al agravio donde solicitó expedirse en forma expresa sobre los topes de ley conforme los fundamentos expuestos por la C.S.J.N. en los fallos 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039), 'Actis Caporale' (Fallos: 323:4216), 'Tudor' (Fallos: 327:3251) y 'García, Felipe c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', de fecha 7 de marzo de 2006, habré de confirmar lo resuelto en primera instancia." "2.5.
- En lo concerniente al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto la sentencia acogió sustancialmente la demanda cursada por el actor, por lo cual no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota (artículo 68 del C.P.C.C.N.), es por ello que cabe confirmar la imposición efectuada en primera instancia." "En mérito al Acuerdo que antecede, por mayoría, SE RESUELVE: I.
- Confirmar la sentencia de primera instancia en los términos del presente. II.
- Diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. III.
- Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida (cfr. artículos 68 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). IV.
- Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia." Votos: el Dr. Aníbal Pineda (voto preopinante) y la Dra. Elida Isabel Vidal adhirieron en lo sustancial; la Dra. Silvina María Andalaf Casiello votó en disidencia parcial en cuanto a algunos puntos pero la decisión fue por mayoría. La sentencia remite a numerosos precedentes de la propia Cámara y de la CSJN para cuestiones de movilidad, topes, intereses y el tratamiento del impuesto a las ganancias.

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