SALAZAR, RAUL MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó reajuste y movilidad de su haber previsional frente a ANSES. La Cámara Federal de Paraná rechazó las apelaciones y confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el recálculo conforme al precedente Elliff, declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e imponiendo costas a ANSES.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Raúl Mario Salazar, titular de un beneficio previsional.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Objeto: Reajuste y movilidad del haber previsional; inconstitucionalidad de normas y petición de aplicación de distintos índices de actualización (ISBIC vs RIPTE); ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU).
Decisión: Se rechazaron las apelaciones deducidas por las partes y se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el recálculo del haber inicial conforme al precedente "Elliff", declarando la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, manteniendo la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 y dejando a resguardo el derecho a replantear el reajuste de la PBU conforme al fallo "Quiroga". Se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios (30% para la letrada del actor).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"III
- Que, el actor, titular de un beneficio previsional, interpone demanda ordinaria contra la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajuste y movilidad de sus haberes.
La Jueza de grado, en lo que aquí interesa, hace lugar parcialmente a la demanda y ordena a la ANSES el recalculo del haber inicial del accionante conforme el precedente 'Elliff' del Máximo Tribunal. Declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/16. Deja a resguardo el derecho a replantear el reajuste de la PBU de acuerdo con el fallo 'Quiroga'. Declaró la inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020 y 542/2020. Establece que la movilidad de los haberes se encuentra garantizada por aplicación de las Leyes 26.417, 27.426 y 27.609. Dispone la inconstitucionalidad del art. 3 del Dec. 157/2018 e impone las costas a la ANSES por resultar vencida de acuerdo a lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423."
"V
- a) Que, al tratar la apelación de la parte actora, en relación al pedido de inconstitucionalidad vinculado al índice de movilidad establecido en la ley 27.609, este Tribunal se expidió en los autos: 'PIÑOL, GERÓNIMO FELIPE CONTRA ANSES SOBRE REAJUSTES VARIOS' (Expte. N° FPA 7975/2021/CA1, sentencia del 13/9/2024), en los que rechazó dicho planteo... En consecuencia, se rechaza el recurso interpuesto."
"b) ...se observa que dentro de sus últimas ciento veinte (120) remuneraciones se computaron períodos anteriores a febrero de 2009, a los que corresponde la actualización con el índice ISBIC. En efecto, la aplicación de tal índice ha sido ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Elliff'... Por ello, se confirma la declaración de inconstitucionalidad para el caso concreto del Decreto 807/2016 ... y se mantiene la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 para el reajuste del haber inicial del actor."
"Que, se rechazan los recursos de apelación deducidos por las partes y se confirma la sentencia dictada. Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en consecuencia, se imponen las costas de la presente en el orden causado, atento el modo en que se resuelve y conforme lo establecido en el art. 36, última parte, de la ley 27.423."
- Votos y adhesiones: Voto principal de la Dra. Beatriz Estela Aranguren; Dres. Cintia Graciela Gomez y Mateo José Busaniche adhieren.
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