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CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO DELTA VI C/ RODONI BIASOLI ANTONELA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)

El Consorcio demandó por daños y perjuicios derivados de la rotura de un caño principal de energía en obras efectuadas en la unidad PB 2. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar $3.318.404,77 más intereses, por haber ocasionado negligentemente daños a partes comunes y a la instalación eléctrica.

Danos y perjuicios Propiedad horizontal Partes comunes Instalacion electrica Negligencia / imprudencia Reposicion de la instalacion Pericia tecnica (ingeniero menconi Ing. vera) Condena economica ($3.318.404 77) Costas al vencido Asamblea / acta 29/07/2022

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Consorcio de Propietarios Edificio Delta VI, representado por su administrador Gustavo Marcelo Del Sero. Demandado: Antonela Rodoni Biasoli, propietaria/ocupante de la unidad funcional PB nro. 2. Objeto: Daños y perjuicios por la rotura de un caño principal de energía eléctrica durante obras de refacción en la unidad PB 2 (hecho ocurrido el 19/07/2022), con restablecimiento y reemplazo de la instalación eléctrica general, obras de albañilería, reposición de mármol y pintura; suma reclamada e intereses. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada al pago de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUATRO con 77/100 ($ 3.318.404,77), más intereses desde la fecha de las pericias (3/6/2025) hasta su pago. Las costas se imponen a la demandada. Se difiere regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original): "Sin necesidad de analizar cada uno de los elementos probatorios producidos al respecto, resulta cierto que la demandada, sin dar aviso al consorcio ni tomar los debidos recaudos, realizó tareas en su unidad funcional generando graves daños en partes comunes del edificio principal, afectando en especial el suministro de energía eléctrica de todo el inmueble al perforar una cañería y los cables de alimentación de los medidores eléctricos generales.
- De tal manera, habiendo afectado por su propia negligencia e imprudencia partes comunes del edificio, la Sra. RODONI BIASOLI, resulta responsable de las consecuencias de su acto (art. 2040 y cc. del CCyCN), es decir, los graves perjuicios a cosas y partes necesariamente comunes del edificio, comprometiendo la seguridad del mismo (art. 2047 inc. 3 CCyCN y los arts. 8 y 10 y cc. del Reglamento de copropiedad)." "Instalación eléctrica. Costo de materiales y mano de obra: Recurro al informe del Ing. Menconi quien verificó los materiales necesarios para la obra y arrimó a éstos autos un presupuesto del oportuno proveedor (Marini y Cía s.r.l.) con un valor actualizado a la fecha de la pericia (21/05/2025).
- El mismo arroja la suma de $ 1.272.357,61.
- Respecto al costo de la mano de obra para la instalación, principia describiendo las tareas realizadas, estimando un tiempo de ejecución de 5 a 6 días hábiles y, tomando como referencia los valores de honorarios para mayo 2025 del Colegio de Técnicos, considera razonable un costo de mano de obra de $ 800.000.
- Concedo entonces por la instalación eléctrica la suma de $ 2.072.357,61.-" "Si bien la demandada cuestiona que los montos indemnizatorios se hayan calculado a valores cercanos en el tiempo al dictado de la presente sentencia, cabe aclarar que estamos ante una demanda de daños y perjuicios y no a un cobro de pesos respecto a facturas oportunamente canceladas.-" "En consecuencia, la presente demanda prospera por la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUATRO con 77/100 ($ 3.318.404,77.-) que la demandada deberá pagar al Consorcio actor dentro de los diez días de que la presente haya adquirido firmeza.
- A la suma condenada se le adicionaran intereses desde la fecha de las pericias (3 de junio de 2025) hasta su pago, a la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de depósito en plazo fijo digital (SCBA en autos "Nidera S.A. c/Provincia de Buenos Aires S/Daños y Perjuicios" Exp.N°121.134, Ac.2078 del 3 de mayo de 2018)."

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