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AGYEMAN, SENIOR ATTA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

El actor solicitó la carta de ciudadanía argentina alegando residencia continua desde 2018 y calidad de peticionante de refugio. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la petición por falta de acreditación del plazo de residencia continua y de medios de subsistencia honestos, ponderando el ingreso eludiendo controles migratorios.

Ciudadania Carta de ciudadania Naturalizacion Residencia continua Ingreso irregular Medios de subsistencia Ley 346 Decreto 3213/84 Conare Direccion nacional de migraciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Agyeman Senior Atta (de nacionalidad ghanesa). Demandado: Estado nacional (trámite de carta de ciudadanía, con notificaciones a Dirección Nacional de Migraciones y CONARE). Objeto: Otorgamiento de la carta de ciudadanía argentina por naturalización. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la solicitud de carta de ciudadanía por no acreditarse el cumplimiento de los recaudos legales (residencia continua de dos años y medios de subsistencia honestos), y se dispuso comunicar la decisión a Migraciones, Cámara Nacional Electoral y CONARE.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "VI. Frente a lo expuesto, en el caso en estudio se ha acreditado que el actor ingresó al país eludiendo controles migratorios, circunstancia que enerva cualquier hipótesis de estabilidad en la permanencia, al no contarse con información oficial completa sobre sus registros de eventuales ingresos y salidas del País. Al ser ello así, no puede tenerse por corroborado que haya corrido el plazo de dos años continuos de residencia en el país, plazo razonablemente suficiente para ponerlo a prueba y acreditar que responde a una leal voluntad de arraigo y subordinación a los principios rectores de la vida nacional, que habilite para invocar la garantía constitucional de permanecer en el territorio..." "VII. Tampoco el inmigrante ha corroborado cumplir con el requisito esencial de acreditar ocupación o medios de subsistencia honestos (conf. artículo 3, inciso a), del decreto reglamentario citado). Ello, en tanto la prueba aportada consiste en la inscripción al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en el sistema tributario de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la cual data de pocos días previos a la solicitud de la carta de ciudadanía." "VIII. Por otra parte, entiendo que los registros de la causa no resultan análogos al precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación 'Ni, I-Hsing'... Para expresarse en tal sentido, consideró que el solicitante había manifestado en diversas oportunidades ante las autoridades competentes la voluntad de regularizar su situación migratoria, acreditando a su vez tanto un afincamiento sociocultural como una actividad económica en nuestro país... lo cual –vale reiterar
- no sucede con ese alcance en la causa que aquí se examina."
- Votos: El juez Durán fundamentó y propuso confirmar la sentencia; el juez Lemos Arias se adhirió al voto de Durán. Resolución: "CONFIRMAR la sentencia recurrida en cuanto fuere motivo de agravio."

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