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MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CHEN ZHANGXIAN S/ APREMIO

El Ministerio de Trabajo ejecutó por apremio el cobro de una multa laboral. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate por PESOS SETECIENTOS TREINTA MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 730.125) más intereses calculados desde el 17/06/2022 y costas.

Apremio Ejecucion Trance y remate Multa administrativa Ministerio de trabajo provincia de buenos aires Intereses desde 17/06/2022 Pesos 730.125 Perdida de derecho de defensa (art.155 cpc) Costas Notificacion automatica.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: CHEN ZHANGXIAN, D.N.I. N° 94.087.477, CUIT 20-94087477-8. Objeto: Ejecución por apremio de multa impuesta por Resolución del Ministerio de Trabajo (título ejecutivo), con pedido de trance y remate y liquidación de suma adeudada. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenándose llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto el ejecutado pague íntegramente PESOS SETECIENTOS TREINTA MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 730.125.-) más intereses, costos y costas. Asimismo se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos tomados del fallo):
- "No habiendo el demandado CHEN ZHANGXIAN, D.N.I. N° 94.087.477, CUIT 20-94087477-8, opuesto excepciones legítimas dentro del término señalado al efecto, el que se encuentra vencido conforme surge del mandamiento de intimación de pago, embargo y citación de remate adjunto con la presentación del 25/03/2025, diligenciado en el domicilio de calle Pringles N° 166 de esta ciudad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, recepcionado por CHEN ZHANGXIAN (quien no exhibió D.N.I.), dásele por perdido el derecho dejado de usar (art. 155 del C.P.C.C.)."
- "En cuanto a los intereses solicitados en el escrito de inicio, éstos serán calculados conforme a las pautas establecidas por los arts. 96, 104 y concordantes del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires y lo prescripto por el art. 1º inc. b) del Decreto Provincial 1751/91, normas complementarias vigentes y las resoluciones normativas que se dicten en consecuencia; desde la fecha de mora, la que en el presente caso se produjo el 17/06/2022 (teniendo en cuenta la fecha de vencimiento del plazo fijado para el pago de la multa aquí ejecutada, conforme art. 2 de la Resolución del Ministerio de Trabajo que la impuso -que constituye el título base de esta acción
- y cédula de notificación acompañada con el escrito de demanda), y hasta la fecha del efectivo pago."
- "Por lo expuesto, citas de referencia y lo dispuesto por los arts. 10, 11 y consecuentes del Decreto Ley 9122/78 y 540 y 548 del C.P.C.C., es que FALLO: Esta causa de trance y remate mandando llevar la ejecución adelante, hasta tanto el ejecutado, CHEN ZHANGXIAN, D.N.I. N° 94.087.477, CUIT 20-94087477-8, haga al acreedor, MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago de la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 730.125.-), con más sus intereses, los que serán calculados con sujeción a lo establecido en el Considerando II, los costos y las costas de la presente ejecución (cfr. arts. 68 y 556 del C.P.C.C.)."
- "Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad que establecen los arts. 23 y 51 de la Ley de Honorarios N° 14.967."
- Notificación: se ordena notificar a la parte actora por modalidad automática prevista y al demandado conforme art. 11 inc. a) del Acuerdo N° 4039/2021 de la S.C.B.A.; se dispone también que al demandado se le dé por notificado en virtud de no haber constituido domicilio legal.

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