....... S/ COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo por pagaré con cláusula sin protesto reclamando capital, intereses y costas. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el trance y remate hasta que la ejecutada pague $588.963,81 más intereses conforme lo pactado y demás accesorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ELECTRONICA MEGATONE S.R.L.
Demandado: ORIANA YAZMIN OCAMPOS
Objeto: Ejecución de un pagaré con cláusula sin protesto por la suma principal de $588.963,81, intereses pactados, IVA sobre intereses, costos y costas de la ejecución.
Decisión: El Tribunal hizo lugar a la ejecución disponiendo el trance y remate hasta que la ejecutada cancele la suma reclamada más los intereses y demás accesorios; declaró perdido el derecho a oponer excepciones por vencimiento de plazo para hacerlo y dispuso la forma de notificaciones y liquidación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"I.
- No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal, el que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, pese a haber sido intimada de pago y embargo en el domicilio sito en calle Paraná Nº 26, de la ciudad de San Nicolás, intimación recepcionada por la accionada, dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.).-"
"II.
- Tratándose el documento ejecutado de UN PAGARE CON CLAUSULA SIN PROTESTO, la mora se configura desde la fecha del vencimiento del mismo, en el caso de autos, desde el 05/01/2024.-"
"III.
- En cuanto a los intereses que se solicitan, estos se liquidarán conforme a lo expresamente pactado por las partes en el título ejecutado, (intereses moratorios correspondientes al 10% mensual con más los intereses punitorios que serán equivalentes al 50% de los intereses moratorios), desde la fecha de mora indicada en el considerando que antecede y hasta su efectivo pago; con más la capitalización que corresponda la que será determinada en el momento de practicarse la liquidación definitiva (art. 770 del Código Civil y Comercial), ello sin perjuicio de la morigeración del cálculo de intereses al momento de la liquidación conforme el tope establecido por la Excma. Cámara Primera de Apelación Departamental -Resol. 172, Expte. 1414-98, Fº 555 del 27-08-1998-, es decir, el de dos veces la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documentos a treinta días (tasa activa), en sus distintos períodos de aplicación y del posterior análisis que se realice a la luz de lo establecido por los artículos 9, 10, 11, 279, 771, 958 y 1004 del CCCN."
FALLO (extracto relevante):
"esta causa de trance y remate mandando llevar la ejecución adelante, hasta tanto la ejecutada, ORIANA YAZMIN OCAMPOS, haga a la acreedora, ELECTRONICA MEGATONE S.R.L, íntegro pago de la suma de Pesos QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 81/100 ($588.963,81), con más los intereses que se liquidarán con arreglo a lo dispuesto en el Considerando III, el I.V.A. sobre dichos intereses, los costos y las costas de la presente ejecución (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.).-"
- Notas procesales relevantes: Se dejó sentado que la actora fue notificada conforme art. 10 del Anexo I (AC 4039 SCBA) y la demandada en la forma del art. 11 inc. a) del mismo Anexo, y que no constituyó domicilio legal en término, por lo que se le dan por notificadas las sucesivas providencias.
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