CREDIFLOW SRL C/ GIMENEZ GABRIELA SABRINA S/ COBRO EJECUTIVO(12)
Incidente de recusación planteado en causa de cobro ejecutivo. El Tribunal se inhibe de entender por la recusación formulada y remite las actuaciones al Juzgado del fuero que le sigue en el orden de turno, invocando arts. 14 y 16 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CREDIFLOW SRL.
Demandado: GIMENEZ GABRIELA SABRINA.
Objeto: Proceso de cobro ejecutivo.
Decisión: El juez se inhibe de entender por la recusación sin causa formulada en el punto IX de la demanda y ordena remitir las actuaciones al Juzgado del fuero que le sigue en el orden de turno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos relevantes):
"Atento la recusación sin causa formulada al punto IX de la demanda, me inhibo de entender en los presentes actuados.
Consecuentemente, remítanse al Juzgado del fuero que le sigue en el orden de turno (arts. 14 y 16 CPCC).
Comuníquese la presente a sus efectos en forma automatizada al domicilio electrónico de la Receptoría General de Expedientes Departamental. [\"Reglamento para las notificaciones y presentaciones por medios electrónicos\" -Ac. 4013 de la S.C.B.A. (T.O. s/Ac. 4039 S.C.B.A.)].-
Regístrese.-
A los fines precedentemente dispuestos, hágase saber que el número de Receptoría correspondiente a las presentes actuaciones es ZC-15905-2026. -
Déjase debida nota en el Soporte Informático del Juzgado."
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