Logo

GRUPO PROM SRL C/ SIERRA MILAGROS AZUL Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO

Ejecución por cobro ejecutivo contra dos demandadas; se declara extinguido el proceso respecto de Milagros Azul Sierra por desistimiento y se ordena trance y remate contra Analia Belén González por $760.000 más intereses, costos y costas. El Tribunal hace lugar al desistimiento respecto de una de las ejecutadas y, ante la inacción de la otra, dispone la continuidad de la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado.

Cobro ejecutivo Desistimiento Extincion del proceso Trance y remate Constitucion de domicilio Costas $760.000 Falta de excepciones Regulacion de honorarios diferida Intimacion de pago (04/03/2026).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GRUPO PROM SRL. Demandado: MILAGROS AZUL SIERRA y ANALIA BELEN GONZALEZ. Objeto: Cobro ejecutivo por capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA MIL ($760.000), más intereses, costos y costas de la ejecución. Decisión: Se tuvo por desistida la acción respecto de MILAGROS AZUL SIERRA y, por tanto, se declaró extinguido el proceso en ese extremo; en cuanto a ANALIA BELEN GONZALEZ, se ordenó continuar con la ejecución (causa de trance y remate) hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado de $760.000, más intereses, costos y costas. Se impusieron las costas del juicio al actor por el desistimiento. Se difirió la regulación de honorarios y se constituyó el domicilio de la demandada en los estrados por silencio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "Téngase presente el desistimiento del acción que se formula respecto de MILAGROS AZUL SIERRA y conforme a lo dispuesto por el art. 304 del C.P.C., declárese extinguido el proceso, debiendo el actor soportar las costas del juicio (art. 73 código citado)." "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dáse por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 C.P.C.)." "Por ello conforme con lo pedido y lo dispuesto por los arts.540 y 548 del Código Procesal, fallo esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada ANALIA BELEN GONZALEZ haga al acreedor GRUPO PROM SRL íntegro pago del capital reclamado de PESOS SETECIENTOS SESENTA MIL ($ 760.000), con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 C.P.C.)." Otras constancias relevantes incluidas en la resolución: "Difiérese la regulación de honorarios del letrado interviniente para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14.967. Atento el silencio guardado por la demandada, tiénese por constituído el domicilio de la misma en los estrados del Juzgado (arts. 540 y 41 Código Procesal). Se deja constancia que la parte demandada fue intimada de pago el 4/3/2026 en calle Chiclana n° 81 de Bahía Blanca."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar