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BERRIOS JUAN S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramita declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de Juan Berrios; se acreditaron defunción, nacimiento de hijos y publicaciones de edictos. El Tribunal declaró por derecho que le suceden como herederos sus hijos Marta Andrea, Juan Cruz, María de los Ángeles, Mónica Susana y Jesús Nazareno Berrios, conforme arts. 2424 y 2426 del C.C. y C. y art. 735 del CPC.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Defuncion 11/07/2024 Hijos como herederos Publicaciones de edictos Registro de testamentos Art. 2424 c.c. y c. Art. 2426 c.c. y c. Art. 735 cpc provincia de buenos aires Intervencion fiscal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: No consta expresamente el peticionante en el texto de la resolución. Demandado: JUAN BERRIOS (causante fallecido). Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato por fallecimiento del causante. Decisión: Se declaró por derecho que por el fallecimiento de JUAN BERRIOS le suceden en carácter de herederos sus hijos MARTA ANDREA BERRIOS, JUAN CRUZ BERRIOS, MARÍA DE LOS ÁNGELES BERRIOS, MÓNICA SUSANA BERRIOS y JESÚS NAZARENO BERRIOS.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "PRIMERO: Con el certificado de defunción adjunto con fecha 02/feb/2026 se justifica el fallecimiento del causante de autos JUAN BERRIOS ocurrido el día 11 de Julio de 2024 en Bahía Blanca.- SEGUNDO: Con las actas adjuntas con fecha 02/feb/2026 y 18/may/2026, se acredita el nacimiento de sus hijos que viven y se llaman: Marta Andrea Berrios nacida el 16 de Septiembre de 1973 en Coronel Pringles, Juan Cruz Berrios nacido el 25 de Febrero de 1975 en Coronel Pringles, María de los Ángeles Berrios nacida el 15 de Julio de 1988 en Bahía Blanca, Mónica Susana Berrios nacida el 12 de Noviembre de 1969 en Coronel Pringles y Jesús Nazareno Berrios nacido el 08 de Febrero de 1990 de Bahía Blanca.- TERCERO: Con los diarios y recibos adjuntos con fecha 30/mar/2026 se justifica haber hecho las publicaciones de edictos ordenadas el día 05/feb/2026, sobre cuyo resultado y vencimiento se certifica por Secretaría con fecha 07/abril/2026.- CUARTO: Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos del 22/abril/2026, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre del causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 10/feb/2026 se acredita que no consta a nombre del causante la iniciación de ningún juicio similar.- POR ELLO, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2424, 2.426 del Código Civil y Comercial y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires, declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de JUAN BERRIOS le suceden en carácter de herederos sus hijos MARTA ANDREA BERRIOS, JUAN CRUZ BERRIOS, MARÍA DE LOS ÁNGELES BERRIOS, MÓNICA SUSANA BERRIOS y JESÚS NAZARENO BERRIOS (art. 2.426 del C. C. y C.).-" (Otros pronunciamientos procesales del fallo: "Cése, en consecuencia la intervención Fiscal. Notifíquese. Déjese Copia (Acordada 3975 de la Excma. S.C.B.A.) y sigan los autos según su estado. Regístrese. Notifíquese.")

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