GULLINI GLADYS ETHEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
El trámite versa sobre la declaratoria de herederos por fallecimiento de Gladys Ethel Gullini y la constatación de cesión de derechos sucesorios. El Tribunal declaró herederos a los hijos Luis Fernando Sierra y Norman Oscar Sierra, teniendo presente la cesión de acciones y derechos hereditarios a favor de Francisco José González Martínez y ordenó la intervención fiscal y las notificaciones correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los pretendidos herederos, identificados como los hijos de la causante: LUIS FERNANDO SIERRA y NORMAN OSCAR SIERRA, con intervención del cesionario Francisco José González Martínez.
Demandado: Sucesión de GLADYS ETHEL GULLINI.
Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato por fallecimiento de Gladys Ethel Gullini y reconocimiento de la cesión de derechos sucesorios a favor de Francisco José González Martínez.
Decisión: Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho, que por el fallecimiento de GLADYS ETHEL GULLINI le suceden en carácter de herederos sus hijos LUIS FERNANDO SIERRA y NORMAN OSCAR SIERRA, teniendo presente la cesión de acciones y derechos hereditarios efectuada a favor de Francisco José González Martínez. Se ordenó la intervención Fiscal, las notificaciones y el registro pertinente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"PRIMERO: Con el certificado de defunción del 23 de abril de 2026 se justifica el fallecimiento de la causante de autos GLADYS ETHEL GULLINI ocurrido el día 12 de noviembre de 2022 en Bahía Blanca."
"SEGUNDO: con las actas adjuntas se acreditan los nacimientos de los hijos de la causante, LUIS FERNANDO SIERRA ocurrido el 24 de agosto de 1973 en Bahía Blanca y NORMAN OSCAR SIERRA ocurrido el 15 de mayo de 1967 en Bahía Blanca."
"TERCERO: Atento lo que surge del testimonio de la escritura de cesión de derechos sucesorios que se adjunta tiénese al cesionario Francisco José González Martínez por subrogado en los derechos y acciones que en el presente sucesorio le corresponden a los herederos cedentes, colocándoselo en el mismo lugar, grado y prelación (arg. arts. 398, 399, 726, 1.618 Inc. a), 2.294 Inc. e) y cctes. del Código Civil y Comercial)."
"CUARTO: Con los diarios y recibos adjuntos con fecha 13 de julio de 2026 se justifica haber hecho las publicaciones de edictos ordenadas el día 20 de mayo de 2026, sobre cuyo resultado y vencimiento certifica la Actuaria el 17 de julio de 2026."
"QUINTO: Con el certificado expedido por el Sr. Director del Registro de Testamentos del 26 de mayo de 2026, se justifica que no consta inscripta minuta alguna de testamento por el nombre de la causante y con la planilla de Registro de Juicios Universales del 26 de mayo de 2026 se acredita que no consta a nombre de la causante la iniciación de ningún juicio similar."
"POR ELLO, de conformidad con lo pedido, no habiendo el Sr. Agente Fiscal formulado observación y de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 2424, 2.426 del Código Civil y Comercial y art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. de Buenos Aires, declárase en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de GLADYS ETHEL GULLINI le suceden en carácter de herederos sus hijos LUIS FERNANDO SIERRA y NORMAN OSCAR SIERRA (art. 2.426 del C. C. y C.) teniendo presente la cesión de acciones y derechos hereditarios efectuada a favor de Francisco José González Martínez."
"Cése, en consecuencia la intervención Fiscal. Notifíquese. Déjese Copia (Acordada 3975 de la Excma. S.C.B.A.) y sigan los autos según su estado. Regístrese. Notifíquese."
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