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CAMPANA, MARIA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió acción por reajuste y recálculo de su haber previsional contra ANSES. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de grado: dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC y ordenó actualizar remuneraciones según la ley 27.426, declaró la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y de la ley 27.541, y confirmó el resto de la decisión.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: María Esther Campana, titular de jubilación adquirida el 4/3/2022. Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes y recálculo del haber previsional, actualización de la PBU y demás conceptos previsionales. Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en los puntos principales: dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC (fallos “Elliff”/“Blanco”) y ordenó actualizar las remuneraciones para el cálculo del haber inicial conforme al método previsto en la ley 27.426 y concordantes; declaró la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y de la ley 27.541; impuso las costas de primera instancia en el orden causado; confirmó la sentencia de grado en los demás extremos, incluida la aplicación de la metodología para la PBU y la tasa pasiva promedio del BCRA para intereses.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "En función de lo expuesto precedentemente, deviene inaplicable la doctrina del fallo “Blanco” del Alto Tribunal en virtud del cual se dispuso la aplicación de la doctrina del caso “Elliff”, ya que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización, y los mismos no resultan irrazonables ni arbitrarios." "Que, por tales motivos, corresponde modificar la sentencia impugnada y en consecuencia, dejar sin efecto la aplicación del índice ISBIC establecido en el fallo “Elliff” y “Blanco” debiendo actualizar las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial en base al método indicado en la ley 27.426 y concordantes, atento a la fecha de obtención del beneficio." "SE RESUELVE: I.
- Modificar la sentencia de fecha 30 de agosto de 2023 dictada por el Sr. Juez Federal nro. 2 de Córdoba y, en consecuencia: a) dejar sin efecto la aplicación del índice ISBIC establecido en los fallos “Elliff” y “Blanco” debiendo actualizar las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial en base al método indicado en la ley 27.426 y concordantes, atento a la fecha de obtención del beneficio; b) declarar la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y la ley 27.541 y c) imponer las costas de primera instancia en el orden causado. II.
- Confirmarla en todo lo demás que decide y ha sido motivo de agravios, conforme los lineamientos aquí dados."
- Votos en disidencia: No se consignan fundamentos en minoría; la resolución se dicta por mayoría (se menciona resolver por los señores jueces que la suscriben).

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