POSSE PRESA JOSELINE SILVANA C/ HEREDEROS DE PESARESI ELSA ISABEL Y OTRO/A S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
Acción de prescripción adquisitiva veinteañal sobre inmueble en calle 102 Nº 404, Berazategui. El Tribunal hizo lugar a la demanda y declaró adquirido el dominio a favor de la actora, por hallarse acreditada la posesión continua, pública, pacífica y con ánimo de dueño, fijando la fecha de adquisición el 1/7/2018.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Joseline Silvana Posse Presa (DNI 92.563.041).
Demandado: Elsa Isabel Pesaresi y Hugo Evert Profitos (titulares registrales), posteriormente ampliada contra los herederos Elizabeth Adriana Profitos y Hugo Adrián Profitos.
Objeto: Adquisición del dominio por prescripción adquisitiva larga (usucapión veinteañal) respecto del inmueble inscripto en Matrícula Nº 60550/Berazategui, sito en Calle 102 Nº 404, Lote 5 Manzana D, Parcela 9 (superficie 635,50 m2), con pedido de anotación registral.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, declarando adquirido el dominio a favor de la actora por prescripción adquisitiva veinteañal con fecha de adquisición 1 de julio de 2018; no se impusieron costas por ausencia de oposición; se ordenó oficio al Registro de la Propiedad Inmueble para cancelar la anterior inscripción y anotar la presente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Es así que, merituando las probanzas rendidas en estos actuados, conforme el principio de la sana crítica (art. 384 CPCC), teniendo presente, también, el allanamiento manifestado por los Sres. Elizabeth Adriana Profitos y Hugo Adrian Profitos, en su calidad de herederos de la demandada, Elsa Isabel Pesaresi (DNI N° 3.896.614), y de su cónyuge Hugo Evert Profitos, entiendo que se encuentra acreditado que la actora ha ejercido la posesión durante el lapso que requiere la ley, en forma continuada, pública, pacífica y con ánimo de poseer para sí el inmueble objeto de litigio."
"Es así que quedo convencida de que la acción intentada con relación al bien descripto, debe ser acogida favorablemente, declarando adquirido el dominio por parte de la Sra. Joseline Silvana Posse Presa (DNI N° 92.563.041) ... declarando adquirido el dominio, por parte de la actora, con fecha 1 de julio de 2018 (arts. 1, 2, 3, 7, 1897, 1899, 1900, 1902, 1903, y cctes. del CCCN; 2524 inc. 7º, 3947, 3948, 3952, 4015 y cctes. del Código Civil; arts. 375, 384, y cctes. CPCC)."
Además, el fallo recoge pruebas que motivaron la convicción del Tribunal: plano de mensura aprobado (26/11/2019), recibos y comprobantes de pago de impuestos municipales y provinciales (ARBA 2006-2019), facturas de servicios (Metrogas, Telefónica, Fibertel) consignando domicilio en calle 102 Nº 404 a nombre de la actora, informe pericial del arquitecto Héctor Gustavo Bino con constatación de vivienda habitada y antigüedad aproximada de 40 años, y testimonios vecinales que afirmaron que "es de público conocimiento que Joseline es la dueña del inmueble."
Sobre costas: "No se imponen costas por no haber mediado oposición (arts. 68 del CPCC)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: