Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RAMIREZ, MIGUEL ANGEL s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 3° PARRAFO DAMNIFICADO: SUAREZ, BRISA AGUSTINA Y OTRO
El imputado fue condenado por delitos de abuso sexual (tocamientos y práctica de sexo oral) cometidos contra una niña menor de edad entre 2017 y 2022. La Cámara Nacional de Casación rechazó el recurso de casación y confirmó la condena a diez años de prisión, sosteniendo la suficiencia probatoria y la correcta calificación legal y ponderación de la pena.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (parte acusadora en la causa oral).
Demandado: Miguel Ángel Ramírez (imputado).
Objeto: Se juzgó y condenó a Ramírez por abuso sexual simple y abuso sexual calificado con acceso carnal (fellatio in ore) cometido contra B. A. S., menor nacida el 13 de octubre de 2011, en un número indeterminado de ocasiones entre los seis y once años (prácticamente 2017-2022), agravado por haber sido quien estaba encargado de su guarda y por el aprovechamiento de la situación de convivencia; pena aplicada: diez años de prisión y accesorias legales.
Decisión: La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional RECHAZÓ el recurso de casación interpuesto por la defensa y CONFIRMÓ la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 7 que condenó a Miguel Ángel Ramírez a diez años de prisión. Sin costas en la instancia de casación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- “Concretamente, entre los seis y los once años de la niña, el aquí imputado en un número indeterminado de ocasiones, le efectuó tocamientos con su mano por debajo de la ropa interior sobre la vagina y en la cola con clara connotación sexual y la obligó a practicarle sexo oral bajo amenazas de que si no lo hacía quedarían en la calle y atentaría contra la vida de su madre.”
- “la declaración de la víctima encontró apoyo directo en otros elementos corroborantes, en concreto, pruebas periciales y declaraciones testimoniales.”
- “En la entrevista en Cámara Gesell, en lo sustancial, B. A. S. describió con claridad el modo en que Miguel Ángel Ramírez la abordó sexualmente a lo largo de un período extendido entre sus seis y once años de edad. Identificó a su agresor sin margen de dudas, precisó los dos escenarios... El relato se mantuvo sin fracturas ni inconsistencias en cada una de las oportunidades en que debió reproducirlo…”
- “Los informes no solo avalan la verosimilitud del relato de B. A. S. sino que, además, descartan que sus dichos puedan tener origen en una tendencia a la fabulación o en una elaboración sugestiva inducida por terceros.”
- “La modalidad de acceso carnal atribuida al imputado fue la fellatio in ore y no la penetración vaginal o anal, de modo que la ausencia de lesiones en esas zonas no aporta elemento alguno en favor de la hipótesis defensiva.”
- “La niña nació el 13 de octubre de 2011, de modo que recién pudo alcanzar los seis años … en octubre de 2017, fecha para la cual la ley nº 27.352 ya se encontraba vigente… En consecuencia, no existe período alguno de comisión anterior a la vigencia de esa norma…”
- “Propongo al acuerdo rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa y, en consecuencia, confirmar la sentencia recurrida; sin costas en esta instancia…”
- Votos: Voto mayoritario de los jueces Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite (Horacio L. Días se abstuvo de emitir voto por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: